El pulso judicial entre las empresas de Grupo Salinas y el Estado mexicano llegó a un punto definitorio esta semana, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desechara siete recursos promovidos por el conglomerado empresarial. Se trata de procedimientos que llevan más de 15 años de litigio, vinculados a créditos fiscales de 2008, 2009, 2010 y 2013.
La resolución del máximo tribunal confirmó que dichos asuntos ya habían sido analizados y ratificados en otras instancias, lo que dejó sin materia los intentos de revisión promovidos por la defensa del grupo empresarial.
Un largo camino legal sin resultados favorables
En la Mañanera del Pueblo de este viernes 14 de noviembre, la presidenta Claudia Sheinbaum Pardo explicó con detalle el contexto y el alcance de la decisión de la Corte. Recordó que estos procedimientos no pertenecen a la actual administración federal, sino a ejercicios fiscales anteriores, acumulados durante más de una década en tribunales administrativos y colegiados.
“No es que la Corte de pronto decida sin antecedentes. Estos juicios de amparo pasaron primero por la autoridad administrativa, luego por el Tribunal Federal de Justicia Administrativa y después por tribunales colegiados, que en todos los casos confirmaron la legalidad de los créditos fiscales”, precisó la mandataria.
Los siete recursos habían llegado a la Suprema Corte bajo el argumento de que existían temas constitucionales por analizar. Sin embargo, el tribunal determinó que no existía relevancia constitucional en cuatro de ellos; en los otros tres, resolvió que ni siquiera debieron admitirse, dado que ya contaban con resoluciones firmes en instancias previas.
“No deberían haberse admitido”: Sheinbaum explica el criterio de la Corte
Sheinbaum fue directa al explicar por qué la Corte cerró la puerta a los recursos presentados por Grupo Salinas:
“No deberían de haberse admitido en la Corte”, señaló.
“Lo que hace la Corte es desechar 7 recursos a estos grupos, la desechó”.
La presidenta subrayó que el máximo tribunal reafirmó su propio marco institucional al descartar los recursos, ya que las controversias no estaban relacionadas con materia constitucional ni con derechos humanos. Es decir, no cumplían los criterios necesarios para obtener una revisión adicional.
Qué sigue para las empresas del empresario
Respecto al proceso que viene, Sheinbaum aclaró que la autoridad seguirá los pasos legales correspondientes, como ocurre en cualquier litigio fiscal.
“Primero pues se notifica; si paga, ahí se resuelve el asunto. Si no paga, tiene que ver una serie de procesos jurídicos”, explicó.
Con ello, dejó claro que los tiempos, procedimientos y condiciones están plenamente establecidos en la ley, y que lo que está en curso forma parte del proceso regular en disputas fiscales de gran escala.
Un precedente claro y un mensaje contundente
La decisión de la SCJN representa un punto de quiebre: los recursos de revisión ya no podrán utilizarse como vía para prolongar litigios previamente resueltos en múltiples instancias. Se trata de una resolución que envía un mensaje firme sobre los alcances y límites del sistema judicial en casos de gran peso mediático y económico.
Los créditos fiscales en disputa —con origen en periodos anteriores al gobierno actual— seguirán su curso conforme a los procesos establecidos, mientras la Corte deja asentado que no hay materia constitucional que analizar en los recursos del empresario.


