(10 de junio, 2016).- María del Carmen Avilés Santiago, es una mujer de la tercera edad que vive en condición de pobreza, además de sufrir insuficiencia renal y padecer ceguera. El Seguro Popular, sin embargo, le negó la atención médica excusando que sus padecimientos no entran en el catálogo de servicios.
Ante ello, un abogado de la Universidad Michoacana de San Nicolás de Hidalgo.interpuso un juicio de amparo debido a la violación de derechos humanos, tras lo cual, un juez civil ordenó al sector salud de Michoacán brindar atención médica inmediata.
El tribunal acusó a las autoridades estatales de violentar el artículo 4 de la Constitución Política, que prevé el derecho a la protección a la salud para todos los mexicanos, estén o no inscritos en un régimen, y dio un plazo de 24 horas para su cumplimiento.
Con información de Reforma


