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¡Cero Tolerancia! Diputados aprueban prohibición total de vapeadores y cigarrillos electrónicos

La Comisión de Salud de San Lázaro avaló un dictamen que establece penas de cárcel de hasta ocho años para quien comercie estos dispositivos, buscando proteger la salud pública.

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La Comisión de Salud de la Cámara de Diputados aprobó un dictamen que busca la prohibición absoluta de la comercialización, venta, distribución y producción de los sistemas electrónicos de administración de nicotina, conocidos como vapeadores o cigarrillos electrónicos, así como los productos de tabaco calentado.

La medida, de ser aprobada por el Pleno de la Cámara y el Senado, establecería penas de prisión de hasta ocho años y multas económicas para las personas que vendan, distribuyan, produzcan o almacenen estos dispositivos en el país.

El Camino Hacia la Prohibición Total: Trayectoria de la Medida

La prohibición de estos dispositivos ha sido un tema que ha escalado en la agenda legislativa y de salud pública en México, impulsado por el riesgo que representan para los consumidores, especialmente para los jóvenes.

  • Antecedentes de Restricción: México ya contaba con restricciones previas. En 2022, por decreto presidencial, se prohibió la circulación y comercialización de estos productos, una medida que fue respaldada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris), bajo el argumento de que los productos contienen sustancias tóxicas que son perjudiciales para la salud.

  • Sentencias Judiciales: A pesar del decreto, algunos amparos permitieron la venta de estos productos en ciertos comercios, lo que generó un vacío legal y una comercialización irregular.

  • Impulso Legislativo de Prohibición Total: Ante la falta de control efectivo, se impulsó una reforma a la Ley General para el Control del Tabaco para elevar la prohibición a rango de ley. El objetivo es eliminar cualquier resquicio legal que permita la venta o importación de los vapeadores.

  • Aprobación en Comisión: El dictamen fue aprobado por unanimidad en la Comisión de Salud, reconociendo la evidencia de que estos dispositivos no son inofensivos ni un método efectivo para dejar de fumar, sino que generan una nueva adicción, particularmente entre adolescentes.

Comentarios Relevantes y Puntos Clave del Dictamen

Los legisladores y las autoridades sanitarias han justificado la severidad de la medida basándose en el principio precautorio y la protección de la juventud.

  • Penas Severas: La reforma establece que quien infrinja la prohibición y comercie con estos productos podrá enfrentar una pena de tres a seis años de prisión por el delito de venta, y esta pena se incrementaría hasta ocho años si el delito se comete en lugares donde haya concurrencia de menores de edad o si el vendedor es un menor.

  • Riesgos de Salud: Los promotores de la iniciativa citaron estudios de Cofepris que han detectado sustancias como el propilenglicol, la glicerina y, en algunos casos, sustancias cancerígenas en los líquidos de los vapeadores, desmintiendo que sean “vapor de agua”.

  • Comentario del Presidente de la Comisión: El diputado Emanuel Reyes Carmona, presidente de la Comisión de Salud, argumentó que la prohibición es necesaria porque “no podemos seguir permitiendo la proliferación de estos productos que están generando una crisis de salud pública, especialmente entre los jóvenes”. Subrayó que la legislación es un acto de responsabilidad social.

El dictamen será enviado a la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados para su discusión y posible aprobación por el Pleno. De avanzar, pasará al Senado para su revisión final.

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