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Milei con motosierra nuclear

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El viernes 26 de enero la Corte Internacional de Justicia de la ONU resolvió la solicitud de Sudáfrica de imponer a Israel medidas cautelares para que suspenda sus operaciones militares en Gaza. En su querella presentada en diciembre pasado, Sudáfrica denunció a Israel por cometer genocicio y pidió a la Corte que imponga medidas que prevengan un daño mayor al pueblo palestino y su destrucción total como grupo étnico y religioso.

La resolución de la Corte es una versión “ligera” de las medidas solicitadas y ha sido duramente criticada por no llamar explícitamente al “cese al fuego” inmediato. Sin embargo, si bien no utilizó un lenguaje contundente, su resolución es un golpe demoledor a Israel y a los países que lo apoyan. El sólo hecho de admitir y atender la denuncia, darle credibilidad y considerar Israel ha causado un daño tal que puede estar violando la Convención contra el Genocidio desmonta el supuesto derecho de Israel a defenderse como víctima de “terroristas”. Israel es Potencia Ocupante y Palestina es Territorio Ocupado, como lo ha establecido la ONU una y otra vez. Palestina tiene derecho a resistir y combatir la ocupación militar israelí.

De entrada, la Corte consideró plausibles las presunciones de Sudáfrica sobre los actos y omisiones denunciados y resolvió a su favor sobre las medidas preventivas, sin entrar aún al fondo de la querella: el genocidio y la intención de cometerlo. De su resolución destaca la parte final, “VI. Conclusión y medidas a adoptar”, no sólo porque presenta las medidas que Israel debe acatar sino que delinea la posible ruta a seguir en el análisis del fondo del caso. En el siguiente párrafo se refiere a “todos los actos” dentro de la Convención y lo reitera al final:

“La Corte considera que, con respecto a la situación descrita anteriormente, Israel debe, de conformidad con sus obligaciones bajo la Convención sobre Genocidio, en relación con los palestinos en Gaza, tomar todas las medidas a su alcance para impedir la comisión de todos los actos dentro del alcance de Artículo II de esta Convención, en particular: (a) matar a miembros del grupo; (b) causar daños corporales o mentales graves a miembros del grupo; (c) imponer deliberadamente al grupo condiciones de vida destinadas a provocar su destrucción física total o parcial; y (d) imponer medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo. La Corte recuerda que estos actos entran dentro del alcance del Artículo II de la Convención cuando se cometen con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo como tal.”

A nadie se le ordena dejar de hacer algo que no está haciendo. Así, se le ordena a Israel suspender los actos presuntamente genocidas, de los que hace alarde a la vista de todos, en particular el ejército. Exige, también, la debida preservación de las pruebas relacionadas con la acusación y que emita un informe a la Corte sobre las acciones realizadas en cumplimiento de la resolución.

Por último, bajo el encabezado de “Claúsula Resolutiva” (u operativa) detalla las seis medidas propuestas y la votación que obtuvo cada una de ellas. Todas se aprobaron por mayoría abrumadora entre los 17 jueces de la Corte (cuatro se votaron 15 a favor y dos en contra; y dos, 16 a 1). Sorprendió la postura de la jueza Julia Sebutinde de Uganda, quien fue la úinica que votó contra todas las medidas propuestas. La apabullante evidencia mostrada ante la Corte no le supusieron siquiera la posibilidad de delito alguno. Votó en contra, incluso, de permitir la ayuda humanitaria.

Ni siquiera el juez israelí ad hoc, Aharon Barak, votó contra todas las medidas; aprobó que Israel prevenga y castigue la incitación al genocidio y que permita el acceso a servicios básicos y la asistencia humanitaria. Dado que las medidas se imponen en el contexto de la Convención sobre genocidio, es notable que quien fuera Presidente de la Corte Suprema de Israel, nombrado por Netanyahu ante La Haya, reconozca la plausibilidad de actos genocidas cometidos por Israel.

Más notable aún es que la respuesta de Israel a lo que aprobó su propio juez sea recrudecer los ataques militares y de colonos, y acusar a la Agencia de Naciones Unidas para los Refugiados de Palestina en Oriente Próximo (UNRWA) de formar parte de Hamás. La acusación específica, filtrada a los medios por Shin Bet (agencia de seguridad interior), es que 12 empleados colaboraron con Hamás el ataque del 7 de octubre. Aunque en Gaza trabajan con la Agencia más de 30 mil palestinos, un señalamiento bastó para que los países del G7 condenaran a la organización en su conjunto y suspendieran de inmediato su financiamiento. UNRWA es la mayor organización humanitaria que provee sustento a una población de 5.6 millones de refugiados palestinos diseminados entre Jordania, Líbano, Siria, Cisjordania, incluida Jerusalem oriental y, sobre todo, en la Franja de Gaza.

La cuarta medida cautelar establece que el “Estado de Israel tomará medidas inmediatas y efectivas para permitir la prestación de servicios básicos y asistencia humanitaria que se necesitan con urgencia para abordar las condiciones adversas de vida que enfrentan los palestinos en la Franja de Gaza”. Esta dirigida precisamente a que Israel deje de impedir el paso de la ayuda humanitaria a Gaza. La acusación de Israel está dirigida específicamente contra esta medida, y sobre todo, para destruir a la UNRWA, que simboliza la lucha de los refugiados palestinos por el derecho al retorno, reconocido por la ONU desde 1949.

La divisa de destruir a toda costa a la Agencia de la ONU ha sido reiterada, incluso ante la propia Asambea General por el representante de Israel, quien la acusó en noviembre pasado de “trabajar para Hamás”. Por supuesto, UNRWA es la principal fuente de información sobre la realidad cotidiana en Gaza, información que alimentó, en buena medida, la evidencia presentada por Sudáfrica para sustentar su caso ante La Haya. Al acusar a UNRWA pretende desvirtuar justamente ese sustento y restarle credibilidad a la Corte.

En particular, al boicotear el único sostén material de los palestinos de Gaza, que además son bombardeados en masa, Estados Unidos, Reino Unido, Canadá, Alemania, Australia, Italia, Japón, Países Bajos, Suiza y Finlandia se suman al genocidio “plausible” de Israel. Deliberadamente se suman al desacato a la orden de la Corte y violan no sólo la Convención sobre Genocidio sino la base misma de los Convenios de Ginebra y su Protocolos.

Al mismo tiempo, desconocieron la autoridad de la Corte Internacional de Justicia y en un fin de semana socavaron por completo la credibilidad de la ONU y el entramado de lo que se llama derecho internacional en general, no se diga el derecho internacional humanitario. En su lugar existe el “orden basado en reglas”, donde las reglas son que no hay reglas, sólo la fuerza de la OTAN, un Milei global con motosierra nuclear.

Epílogo

La resolución de la Corte quedó en los siguientes términos:

“CLÁUSULA RESOLUTIVA (PARR 86)

El texto completo de la cláusula resolutiva de la Orden dice lo siguiente:

“Por estas razones, LA CORTE, Indica las siguientes medidas provisionales:

(1) Por quince votos contra dos, el Estado de Israel, de conformidad con sus obligaciones en virtud de la Convención para la Prevención y la Sanción del Delito de Genocidio, en relación con los palestinos en Gaza, tomará todas las medidas a su alcance para impedir la comisión de todos los actos comprendidos en el ámbito del artículo II de esta Convención, en particular:

            (a) matar a miembros del grupo;

(b) causar daños corporales o mentales graves a miembros del grupo;

(c) imponer deliberadamente al grupo condiciones de vida destinadas a provocar su destrucción física total o parcial; y

  • imponer medidas destinadas a impedir los nacimientos dentro del grupo;

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Magistrado ad hoc Moseneke; EN CONTRA: Jueza Sebutinde; Magistrado ad hoc Barak;

(2) Por quince votos contra dos, el Estado de Israel garantizará con efecto inmediato que sus militares no cometan ninguno de los actos descritos en el punto 1 anterior;

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Magistrado ad hoc Moseneke; EN CONTRA: Jueza Sebutinde; Magistrado ad hoc Barak;

(3) Por dieciséis votos contra uno, el Estado de Israel tomará todas las medidas a su alcance para prevenir y castigar la incitación directa y pública a cometer genocidio en relación con miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza;

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Magistrados ad hoc Barak, Moseneke; EN CONTRA: Jueza Sebutinde;

(4) Por dieciséis votos contra uno, el Estado de Israel tomará medidas inmediatas y efectivas para permitir la prestación de servicios básicos y asistencia humanitaria que se necesitan con urgencia para abordar las condiciones adversas de vida que enfrentan los palestinos en la Franja de Gaza;

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Magistrados ad hoc Barak, Moseneke; EN CONTRA: Jueza Sebutinde;

(5) Por quince votos contra dos, el Estado de Israel tomará medidas efectivas para impedir la destrucción y asegurar la preservación de pruebas relacionadas con acusaciones de actos dentro del alcance del Artículo II y el Artículo III de la Convención para la Prevención y la Sanción de el Crimen de Genocidio contra miembros del grupo palestino en la Franja de Gaza;

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Magistrado ad hoc Moseneke; EN CONTRA: Jueza Sebutinde; Magistrado ad hoc Barak;

(6) Por quince votos contra dos, el Estado de Israel presentará un informe a la Corte sobre todas las medidas adoptadas para dar efecto a esta Orden dentro de un mes a partir de la fecha de esta Orden.

A FAVOR: Presidente Donoghue; Vicepresidente Gevorgian; Jueces Tomka, Abraham, Bennouna, Yusuf, Xue, Bhandari, Robinson, Salam, Iwasawa, Nolte, Charlesworth, Brant; Magistrado ad hoc Moseneke; EN CONTRA: Jueza Sebutinde; Juez ad hoc Barak.”

(La resolución completa puede consultarse aquí: https://www.icj-cij.org/sites/default/files/case-related/192/192-20240126-sum-01-00-en.pdf)

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