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“¿Ya sabes lo que pasó?, la maté”; ex diputado federal priista comete feminicidio contra su esposa, y pese a haber una testigo, fiscalía local declina investigación

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(05 de abril, 2019. Revolución TRESPUNTOCERO).- El 25 de noviembre de 2013, durante el gobierno de Manuel Velasco Coello, organizaciones, colectivos y redes integrantes de la Campaña contra la Violencia hacia las Mujeres y el Feminicidio, presentaron a la Secretaria de Gobernación, a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) la solicitud de la Declaratoria AVG.

En dicha solicitud se acreditaron causales para la investigación de la AVG de acuerdo a los artículos 33 y 34 del reglamento de la Ley General de Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

El aumento de la violencia feminicida y de los feminicidios en Chiapas ha sido progresivo con un crecimiento alarmante a partir del año 2011. La Encuesta Nacional de la Dinámica de las Relaciones en los Hogares (Endireh) en el 2006 mostró que el porcentaje de mujeres de 15 años y más que sufrió al menos un incidente de violencia por parte de su pareja es 28.2%.

En el caso de las mujeres indígenas el 34% reportaron golpes y humillaciones en la infancia; 25% reportó violencia de algún tipo por parte de su pareja en el último año cifra que en la región de los altos de Chiapas se elevó a 41.4%.

En 2011 los datos reflejan un aumento significativo el 29.78% (434.389) de las mujeres de 15 años y más que habían sufrido algún tipo de violencia en su última relación de pareja. De enero a octubre del 2013 se registraron 84 defunciones de mujeres. Las cifras reflejan que 71 de ellas, más de la mitad (84.52%) son claramente asesinatos violentos por razones de género.

El 10 de enero de 2014, el Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres (SNPASEVM) resolvió negar la activación de la AVG por considerar que no habían motivos suficientes que alteraran la paz social, a pesar de que la Campaña contra el Feminicidio y la violencia contra las mujeres documentaron un número considerable de casos de muertes violentas, junto con otros graves casos de impunidad y violencia estructural.

Casi tres años después, el 18 de noviembre de 2016, se logró la declaratoria, derivado de un juicio de amparo que interpusieron las organizaciones sociales lo que ordenó emitir la AVG.

La alerta activada en el estado es por violencia feminicida y abarca siete municipios: Comitán de Domínguez, Chiapa de Corzo, San Cristóbal de Las Casas, Tapachula, Tonalá, Tuxtla Gutiérrez y Villa Flores. Además, se dictaron acciones para la región de Los Altos de Chiapas en los municipios de Aldama, Amatenango del Valle, Chalchihuitán, Chamula, Chanal, Chenalhó, Huixtán, Larráinzar, Mitontic, Oxchuc, Pantelhó, San Cristóbal de Las Casas, San Juan Cancuc, Santiago El Pinar, Tenejapa, Teopisca y Zinacantán.

A dos años de decretarse la AVG en Chiapas, la violencia contra las mujeres continúa siendo muy grave y en algunos casos va en aumento. “El Estado ha fingido el cumplimiento de lo ordenado en la declaratoria: la FGE, institución encargada de investigar con seriedad, imparcialidad, efectividad y con perspectiva de género todos los casos de violencia hacia las mujeres, ha mostrado incapacidad y falta de voluntad política para coordinar adecuadamente las acciones. Esto ha generado impunidad, inseguridad y falta de confianza entre las mujeres”, ha señalado Frayba por medio de un documento en poder de Revolución TRESPUNTOCERO.

También se informa que los feminicidios de mujeres indígenas no son investigados de manera adecuada bajo el argumento de la existencia de “usos y costumbres” o de la conflictividad social que existe en sus comunidades.

El gobierno del estado y los municipios, donde se declaró la AVG, no han informado sobre el recurso que ha invertido para las políticas públicas y acciones urgentes afirmativas que debieron de ejecutar por la declaratoria.

Según el Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio (OCNF) respecto a los asesinatos de mujeres ocurridos en el estado de Chiapas, la FGE informó que de enero de 2014 a octubre de 2017 se cometieron 275 asesinatos de mujeres, de los cuales 123 fueron feminicidios.

De acuerdo con el informe de Frayba La Memoria: Umbral en movimiento, “feminicidios ocurridos durante la administración de Manuel Velasco Coello en su mayoría han sido causa de falta de implementación y efectividad de los mecanismos de protección para prevenir el feminicidio en el estado de Chiapas, especialmente en las regiones Metropolitana, Altos- Tsotsil-Tseltal, Soconusco, Selva-Lacandona, Meseta Comiteca-Tojolabal, Sierra-Mariscal, Istmo-Costa, Tulijá-Tseltal-Chol, Norte y Maya de Chiapas.

“En Chiapas la solicitud de AVG, indica que las sentencias no establecen medidas de reparación integral del daño para las y los familiares de las víctimas, que incluyan al estado y que disminuyan las secuelas psicológicas, familiares, económicas y comunitarias”.

Frayba presenta un caso “que evidencian la violencia extrema hacia las mujeres y la ineficacia del estado en su atención, junto con las redes de poder que obstruyen el acceso a la justicia”, señala.

Tatiana Trujillo Rodríguez, ama de casa, tenía 31 años de edad el día en que fue asesinada, vivía en Ocosingo, dejó dos hijos de 10 y ocho años y una hija de tres años.

“El caso de Tatiana es emblemático para poder presentar las situaciones de los feminicidios en Chiapas. Discriminación, violencia estructural, ineficacia del sistema de Justicia e Impunidad por razón de género”.

El 19 de abril de 2010, Tatiana fue asesinada, por su esposo Elmar Darinel Solorzano, ex diputado federal por el Partido Revolucionario Institucional (PRI), quien le disparó con un arma de fuego en la parte derecha de la sien.

El día de los hechos, el 19 de abril, aproximadamente a las 09.30 horas, los familiares de Tatiana dieron parte a las autoridades municipales de Ocosingo, “quienes llegaron al domicilio de la víctima supuestamente para tomar parte en el asunto pero, al ver el cuerpo sin vida, sin precaución y facultad judicial alguna, alteraron la escena del crimen, moviendo el cuerpo y pertenencias que se encontraban en la habitación”.

La Fiscalía de Distrito Selva, dependiente de la entonces Procuraduría General de Justicia del Estado de Chiapas (PGJE), encabezada por el Fiscal de Distrito José Luis Gómez Santaella, a través del Fiscal del Ministerio Público de Ocosingo, realizó las diligencias de investigación de manera indebida, refiere el Frayba.

“En la Averiguación Previa no hay pruebas fotográficas en el momento del levantamiento del cadáver ni durante la necropsia, indicando además que en el cuerpo de Tatiana había pólvora en una de las manos, presuponiendo un posible caso de suicidio. Cabe resaltar que el arma de fuego utilizada por el feminicidio no ha sido localizada.

“De los hechos la Fiscalía de Distrito Selva, no emitió alguna orden de presentación y/o localización en contra de Elmar Darinel, a pesar de que ya contaba con la declaración de una testigo presencial de los hechos, Nidia Tatiana Hernández Reyes, quien minutos antes había estado con la pareja, siendo Tatiana la que le pidió que saliera del domicilio porque su esposo estaba muy agresivo y que la golpearía si se quedaba”.

Al salir de la casa Nidia escuchó el disparo de un arma de fuego y por el temor ya no regresó al lugar. Poco tiempo después, recibió una llamada telefónica de Elmar Darinel, quien le dijo: “¿ya sabes lo que pasó?, la maté”.

La Fiscalía de Distrito Selva, declinó la investigación a la Fiscalía Especial de Investigación del Delito de Homicidio, en Tuxtla Gutiérrez, argumentando que “no contaba con los elementos policiacos y periciales especializados para el caso”.

En la revisión del expediente ante la Fiscalía Especializada de Homicidios, en ese entonces encabezada por Luis Alberto Sánchez Sánchez, se documentaron deficiencias en las investigaciones y una evidente lentitud en realizar acciones judiciales contra Elmar Darinel, a pesar de tener pruebas suficientes para su búsqueda, localización y detención.

“Hasta la fecha no hay una orden de aprehensión con lo cual contribuye a encubrir la huida de esta persona. Además que la Averiguación Previa no se encuentra debidamente foliada por lo que se pueden sustraer y/o agregar documentos que puedan alterar los hechos.

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