Por: Natalia Antezana Bosques
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Uso indebido y desproporcionado de la fuerza, actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes. No es un listado de faltas cometidas por algún delincuente o banda criminal, sino las acciones de autoridades capitalinas, el 1 de diciembre de 2012, de acuerdo con la Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal (CDHDF).
Según la recomendación 7/2013 de la CDHDF, dirigida a la Secretaría de Seguridad Pública del D.F., a la Procuraduría General de Justicia del D.F., a la Secretaría de Gobierno del D.F. y al Tribunal Superior de Justicia del D.F., autoridades del Distrito Federal violaron el derecho a la seguridad ciudadana, el derecho a la libertad y seguridad personales en relación con el debido proceso legal, el derecho a la integridad personal y el derecho a la manifestación y protesta.
El ombudsman capitalino, Luis González Placencia, expresó que es fundamental la exposición pública de la recomendación y de las pruebas para que la sociedad de la Ciudad de México y de todo el país sepa lo que pasó el #1DMx y que a quienes se juzgó como culpables no lo eran; por lo tanto reivindicar la dignidad de las personas que fueron victimizadas y contribuir para evitar su estigmatización.
Hizo hincapié en la importancia de la actuación de distintos sectores de la sociedad, como activistas, CDHDF, Asamblea Legislativa del Distrito Federal (ALDF), integrantes del Senado, la Cámara de Diputados y la sociedad en general; ya que de no haber actuado los primeros días después del suceso y de no haber asumido la responsabilidad de la defensa de los detenidos, probablemente hoy muchas personas “estarían siendo procesadas, privadas de la libertad, que podrían haber alcanzado una pena de hasta 30 años”.
“Una deficiente operación policial motivó, por acción, por adyacencia o por omisión daños en propiedad privada y pública, detenciones arbitrarias, agresiones, que con distintos niveles de violencia, fueron conferidas por particulares a otras ciudadanas y ciudadanos, así como a la policía de la Ciudad de México, y evidentes abusos que generaron brutalidad policial contra ciudadanos y ciudadanas sin justificación alguna”, señaló en una conferencia de prensa Luis González Placencia, con base en las pruebas recabadas tanto de las víctimas como de las mismas instituciones.
Asimismo expresó que los comportamientos de la autoridad, agregados a la “desproporción de las acusaciones realizadas por el ministerio público y a errores en las consideraciones en los casos procesales y maltrato a las víctimas”, son parte de un proceso que “conduce a la impunidad”. En este sentido, también hizo hincapié en que las autoridades capitalinas involucradas en los sucesos del 1 de diciembre, “actuaron de manera desorganizada, y ante su propia ineficacia reaccionaron de manera notoriamente desproporcionada”.
En el operativo realizado durante las manifestaciones en oposición a la toma de protesta de Enrique Peña Nieto “se registraron 99 detenciones arbitrarias, de personas que no estaban vinculadas con los hechos de violencia y acudieron a prácticas policiales violatorias del derecho a la integridad”, se informa en el documento de la recomendación 7/2013 de la CDHDF. También, se registraron actos de tortura, como es el caso de Uriel Polo Guzmán, víctima de más de 200 golpes en distintas partes del cuerpo, a la hora de su detención.
La comisión expresa que el Estado está obligado a reparar el daño por la violación de los derechos humanos, y que en este caso la reparación debe ser integral, es decir, “no sólo buscando la sanción de los funcionarios responsables, sino considerando todos los aspectos y sufrimientos causados a la persona, buscando en la medida de las posibilidades, regresar a la víctima a la situación anterior de la violación”. Dentro de las modalidades de reparación del daño están: garantía a la no repetición, la indemnización, rehabilitación y satisfacción.
La CDHDF, menciona en el documento que condena la violencia ejercida el pasado primero de diciembre, “pero también la respuesta policial a los eventos, que se materializó en violaciones múltiples de derechos humanos y en detrimento patrimonial de bienes públicos y privados”.
Asimismo señala con “preocupación que existe una tendencia por criminalizar actos de protesta social”. Y recalca que “en el derecho a la seguridad personal y la libertad, los cuerpos de seguridad pública mediante sus actuaciones deben imponer un contexto de confianza a la ciudadanía para sentirse libres de actuar, mientras dicha actuación no sea prohibida ante la ley”.
En el documento también se explica que las y los ciudadanos tienen derecho a ser informados sobre las razones de detención, el derecho a ser llevado “sin demora” ante la autoridad competente y el derecho a la calificación legal de la detención, los cuales también fueron violados por las autoridades el día en cuestión.
En este sentido, la CDHDF hace 22 recomendaciones a las instancias del Distrito Federal antes mencionadas. Entre las recomendaciones se encuentran la creación de la Comisión para Reforma de la Policía, modificaciones al Protocolo de Acción Policial y la determinación de investigaciones sobre responsabilidad en disciplina policial.
Cabe señalar que en aquel primero de diciembre Marcelo Ebrard Casaubón era el Jefe de Gobierno. La orden general de operaciones, en la fase de planeación, fue autorizada por el Dr. Manuel Mondragón y Kalb, entonces Secretario de Seguridad Pública. El primer superintendente Darío Chacón Montejo, Subsecretario de Operaciones de la SSPDF, en su carácter de mando único, era el responsable de organizar, coordinar y supervisar todas las actuaciones policiales. El Procurador de Justicia del D.F. era Jesús Rodríguez Almeida, ahora Secretario de Seguridad Pública.
La CDHDF señala que la información proporcionada por la PGJDF “es deficiente, imprecisa y contradictoria”. Asimismo, a pesar de que en un principio la PGJDF negó la participación de la policía de investigación, a cargo del comandante en jefe Raúl Peralta, posteriormente aceptó que se instruyó que se aproximaran al primer cuadro del Centro Histórico, y en caso de tomar conocimientos de hechos flagrantes, actuara en ejercicio de sus funciones.
El operativo estuvo integrado por 5,172 elementos policiales (fuerzas de seguridad, vialidad y supervisión) y 195 vehículos.