(21 de agosto, 2019. Revolución TRESPUNTOCERO).- En la noche del 19 octubre de 2012, Ivette Melissa Flores Román fue privada de su libertad de manera violenta por parte de un comando armado que ingresó a su domicilio en el municipio de Iguala, Guerrero. Previo a su desaparición, Ivette Melissa había sufrido maltrato por su pareja, quien se presume es el victimario.
En 2015 IDHEAS presentó el caso de Ivette Melissa ante el Comité contra las Desapariciones Forzadas de las Naciones Unidas (CED), quien emitió Acciones Urgentes solicitando la búsqueda de la víctima y la investigación del delito, mismas que fueron desestimadas por la Fiscalía Especializada en Investigación de los delitos de Desaparición forzada de la PGR, al no considerarlas vinculantes.
En la mañana del 20 de octubre, la madre de Melissa acudió a las instalaciones del cuartel militar de Iguala para solicitar su auxilio. El personal que la atendió señaló que estaban acuartelados y que no podrían ayudarle.
Posteriormente, acudió ante la Procuraduría General de Justicia del Estado de Guerrero a presentar su denuncia, no obstante, las primeras acciones de búsqueda se realizaron hasta dos semanas después. A mediados de 2013 se presentó una denuncia en la Fiscalía Especial de Delitos de Violencia contra la Mujer y Trata de Personas.
A raíz de la desaparición de los 43 estudiantes de la escuela normal rural de Ayotzinapa el 26 de septiembre de 2014, varios familiares de personas desaparecidas en Iguala decidieron sacar a la luz pública las desapariciones multitudinarias que venían ocurriendo en el municipio. En este contexto, varios familiares se reunieron en noviembre de 2014 para iniciar brigadas de búsqueda en los municipios aledaños a Iguala, fundándose así el movimiento de “Los otros desaparecidos de Iguala”.
En el marco de las brigadas de búsqueda, varios familiares comenzaron a ser objeto de hostigamiento por parte de diversas autoridades del municipio de Iguala. Norma Bruno Román, prima de Melissa e integrante del grupo de búsqueda, fue asesinada a manos de dos individuos el 13 de febrero de 2015. Antes del asesinato, Norma había recibido amenazas de muerte de parte del crimen organizado.
En octubre de 2015, Sandra, madre de Melissa, en conjunto con otros familiares de personas desaparecidas e integrantes del colectivo “Los Otros Desaparecidos”, con el apoyo de I(dh)eas, presentaron sus casos ante el Comité Contra las Desapariciones Forzadas de la Organización de las Naciones Unidas para solicitar acciones urgentes y medidas cautelares. Las acciones urgentes son emitidas por el Comité, con base en el artículo 30 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas (ratificada por México en noviembre de 2011) para que un Estado adopte las medidas necesarias, incluidas medidas cautelares, para localizar y proteger a las víctimas de desaparición, dio a conocer la organización.
En respuesta a la solicitud, el Comité emitió un total de 117 Acciones Urgentes a favor de las víctimas, ordenando al Estado tomar las acciones necesarias para investigar la suerte y paradero de Ivette Melissa y de las demás víctimas, tomar medidas cautelares para preservar la vida y la integridad de su familia, así como tomar las medidas necesarias para que se puedan realizar las actividades relacionadas con la búsqueda de sus seres queridos sin ser objeto de actos de violencia y hostigamiento, de acuerdo a información revisada por Revolución TRESPUNTOCERO.
“En agosto de 2016 las amenazas en contra de la madre de Melissa se recrudecieron. Mientras se encontraba en la Ciudad de México, su familia y personas de la comunidad le advirtieron que varias “motonetas” rondaban por su domicilio. Para salvaguardar su vida, Sandra decidió no regresar a Iguala, dejando ahí sus pertenencias y bienes, pasando a ser una persona desplazada”.
La situación de desplazamiento forzado de Sandra derivada de las amenazas y actos de hostigamiento se hizo del conocimiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas y de la Secretaría de Gobernación. Asimismo, se solicitaron medidas de protección a la PGR obteniendo por respuesta que sólo podrían proporcionarle cámaras de seguridad, con lo que las autoridades han incumplido con el mínimo apoyo de vigilancia y acompañamiento.
Adicionalmente, en el 2017 se le diagnóstico a la señora Sandra cáncer de seno, no obstante las diversas solicitudes a la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas para que le prestaran el apoyo médico correspondiente al existir una posible relación entre su enfermedad y el estrés y angustia de no conocer el paradero de su hija, la CEAV no proporcionó una atención adecuada.
El 16 de febrero de 2018 se interpuso la demanda de amparo contra los actos del Agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Mesa Tres , adscrito a la Fiscalía Especializada en Investigación de los Delitos de Desaparición Forzada de la Procuraduría General de la República, señalando como actos reclamados:
La omisión de coordinar, habilitar e implementar una investigación i) diligente; ii) exhaustiva; iii) imparcial y; iv) seria y efectiva, tendiente a lograr la localización Ivette Melissa Flores Román.
La negativa de aplicar estándares de género en la investigación y búsqueda de Ivette Melissa Flores Román.
La negativa a realizar las diligencias solicitadas por mi Asesor Jurídico mediante escrito recibido por la Fiscalía con fecha 20 de octubre de 2017.
La omisión, atención y/o negativa de dar cumplimiento a las medidas emitidas por el Comité Contra las Desapariciones Forzadas en las Acciones Urgentes: 225/2015.
Mediante resolución de 9 de noviembre de 2018, el Juez Séptimo de Distrito de Amparo en Materia Penal en la Ciudad de México resolvió conceder amparo a favor de Sandra Luz Román Jaimes por el caso de la desaparición de su hija Ivette Melissa Flores Román. En la sentencia se ordenó que el Agente del Ministerio Público de la Federación, Titular de la Mesa Tres de la Fiscalía Especializada de Búsqueda de Personas Desaparecidas de la hoy Fiscalía General de la República, emitir un acuerdo en el que dé contestación diversas peticiones realizadas previamente por la víctima indirecta de desaparición.
Se ordenó más de diez veces al agente del ministerio público que diera cumplimiento a dicha sentencia, haciendo éste caso omiso de lo ordenando por el Juez. No obstante el 14 de mayo de 2019, finalmente se dio por cumplida dicha sentencia. Ante la inconformidad con dicha resolución, el 29 de enero de 2019 se presentó un recurso de inconformidad, de acuerdo con lo dado a conocer por Idheas.
En la sentencia 181/2018, el Poder Judicial señaló que la fiscalía fue omisa en aplicar estándares de género y en las disposiciones correspondientes a la Ley General en materia de Desaparición Forzada y Desaparición por Particulares (LGDFDP).
“Esta resolución también es importante en un contexto como México, donde 25% de las personas desaparecidas son mujeres, ya que incentiva la realización de acciones de búsqueda e investigación con un enfoque de género”, señaló la organización.