Ilustración: Pe Aguilar / @elesepe1
(13 de marzo, 2015).- La sorpresiva captura de Omar Treviño “El Z-42” podría tener un desenlace todavía más sorpresivo. El ex líder del grupo delictivo de ‘Los Zetas’ ha obtenido una victoria de orden jurídico que podría terminar con su liberación ya que el gobierno mexicano violó su derecho a la presunción de inocencia. Dicha situación ha provocado que, mediante un juicio de amparo, un juez de distrito haya emitido la orden a todas las autoridades federales de retirar de sus portales de internet y cualquier medio oficial cualquier información, fotos, videos, etc., que aludan a Treviño.
Por si no fuera suficiente también consiguió que tanto su nombre como su alias no se utilice por las autoridades, de esta forma la Secretaría de Gobernación (SEGOB) ordenó a todas las dependencias a eliminar toda la información, que pudiera relacionarse con la captura, traslado o cualquier suceso de Treviño, en sus páginas web.
Cabe señalar que desde el pasado 4 de marzo abogados de Treviño solicitaron protección de la justicia federal, lo anterior a través de un amparo que recayó en el juzgado tercero de distrito.
En dicha petición los defensores de Omar solicitaban ampararlo contra cualquier acto de incomunicación en contra de él, en el litigio la Procuraduría General de la República (PGR) ha presentado dos informes donde se menciona que Treviño no estuvo incomunicado y fue internado en el Centro Federal de Readaptación Social (CEFERESO) número 1 Altiplano, en Almoloya de Juárez, estado de México.
En dicho juicio Treviño solicitó la protección de la justicia federal para resguardar su derecho a la presunción de la inocencia.
Los oficios que se enviaron a las dependencias donde Omar pasó indicaban “con fundamento en la fracción 1 del numeral 138 de la Ley de Amparo, se concede la suspensión’’ para que no se difunda nada acerca del detenido”.
Además se sentenciaba que “de encontrarse publicados o divulgados por cualquier medio –incluso electrónico– de la dependencia a la que pertenecen las autoridades responsables, los boletines emitidos del día 4 de marzo al día de hoy, y que mencionen o se refieran a su persona, de los que se duele el incidentista, de mantenerse bajo esta condición pueden llegar a violar el principio de presunción de la inocencia del inconforme, con base en la apariencia del buen derecho que les asiste a quienes no han sido declarados formalmente culpables por la comisión de un delito, y que conforme al artículo 107 fracción 10 de la Constitución, este juzgador debe proteger la integridad del inconforme para de esa forma impedir que se genere alguna apreciación subjetiva de responsabilidad de los hechos que se le atribuyen, por lo que deben ser retirados y no estar disponibles para el acceso al público, ya que resulta conveniente y necesario para impedir que se siga –en su caso– cometiendo dicha afectación. Lo anterior, hasta en tanto se emita la resolución definitiva en la presente incidencia”.
De esta forma es como, sólo en México, por la burocracia un asesino pasa a ser una víctima del sistema que podría estar nuevamente en las calles haciendo lo que le plazca.


