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Declaran inconstitucionales artículos de ley de movilidad por violar derechos humanos

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(23 de marzo, 2015).- El juzgado octavo de distrito en materia administrativa declaró inconstitucionales los artículos 212,213 y 214 de la nueva Ley de Movilidad del Distrito Federal ya que violan derechos humanos protegidos por la Constitución y diversos tratados internacionales.

Los artículos de la nueva ley de movilización obligaban a avisar sobre cualquier marcha en la Ciudad de México con 48 horas de anticipación, además de prohibir el uso de vías primarias para tales fines.

“Mediante este amparo, la autoridad jurisdiccional protege el derecho a la libertad de expresión y de manifestación, y sus alcances se circunscriben a que: a) las autoridades responsables no criminalicen la protesta; b) las autoridades responsables respeten la vida e integridad personal de los quejosos cuando realicen las protestas o manifestaciones, y c) en ningún caso los manifestantes sean privados de su libertad por personas no identificadas o por miembros de las fuerzas de seguridad por el simple hecho de manifestarse”, declaró el Consejo de la Judicatura Federal

 

 

 

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