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AI, recomienda aprobar ley general para prevenir, investigar y sancionar la tortura, recibida en abril pasado

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Durante la presentación en Cámara de diputados, del informe Sobrevivir a la muerte: tortura de mujeres por policías y fuerzas armadas de México, realizado por Amnistía Internacional (AI), en junio pasado, la organización recomendó aprobar la minuta del Senado con el proyecto de ley general para prevenir, investigar y sancionar la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, recibida desde abril pasado.

A su vez, se pidió ‘‘reforzar urgentemente el principio’’ que las declaraciones obtenidas mediante tortura o malos tratos sean excluidas de procesos penales.

Durante el acto en la Cámara de diputados, AI consideró necesario aprobar un nuevo mecanismo para que “la Secretaría de Gobernación dé seguimiento a los casos de tortura sexual contra mujeres”.

Puesto que la minuta fue recibida al cierre del periodo ordinario, el 29 de abril, y desde entonces está pendiente de dictamen en la Comisión de Derechos Humanos. Madelaine Penman, investigadora del secretariado internacional de AI, fue la encargada de presentar el documento a los legisladores, quien a su vez coordinó el informe, en un foro convocado por el grupo parlamentario de Movimiento Ciudadano.

A su vez, se dio a conocer que el informe se construyó con base en 100 testimonios de mujeres que fueron víctimas de tortura física y sexual, por lo que la investigadora recordó que “la práctica de la tortura en México creció 600% entre 2003 y 2013, de acuerdo con el número de quejas presentadas ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos”.

Agregó que “en un solo año hubo más de 12 mil quejas en todo el país, según datos del Instituto Nacional de Estadística y Geografía’’. Por lo que se plantea que la cámara apruebe sin demora la minuta del Senado, y garantice que incluya al menos tres elementos adicionales, se reconoció que el texto de los senadores incluye avances positivos, “como penalizar la tortura con arreglo a las normas internacionales, en concreto la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura”.

También definir que sólo se acepten declaraciones y pruebas obtenidas bajo tortura únicamente contra quien la cometa, como evidencia que ocurrió, así como garantizar que el juez las excluya.

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