El gobierno federal apuesta sólo por elementos de experiencia probada y solicitó el tercer nivel de jerarquía para la Guardia Nacional, pues al menos tendrán que registrar 30 años de experiencia con una corporación federal y recibir cursos de mando en planteles de educación militar y naval.
Con base al régimen transitorio de la propuesta de Ley de la Guardia Nacional, en tanto no exista el personal de la Guardia Nacional con la jerarquía que se requiera para ocupar la titularidad de los mandos, el propio secretario, a propuesta del comandante de la Guardia, general en proceso de retiro, Luis Rodríguez Bucio, deberá designarlos.
Es decir para ocupar la titularidad de los mandos territoriales se tendrá que registrar una antigüedad de 34 años de servicio en su fuerza de procedencia, ya sea Policía Federal, Policía Militar o Policía Naval, además, deberá contar con título de licenciatura en materias afines a la seguridad pública, con 10 años de antigüedad como mínimo, y al menos 52 años de edad.
Para ocupar la titularidad de los mandos estatales se debe haber servido a la fuerza de procedencia por lo menos 30 años; lo que implica que debió ingresar en 1989; contar con título de licenciatura en materias afines a la seguridad pública, con 10 años de antigüedad como mínimo, y al menos 48 años de edad.
“En todo caso se tomarán en cuenta, para la designación, la naturaleza de la fuerza sobre la que se ejerza el mando, la trayectoria en la institución de origen y todos aquellos requisitos aplicables establecidos en la presente ley y en el reglamento”, dice el documento.
Además señala que en tanto se expida el reglamento de la Ley de la Guardia Nacional, los mandos de unidades “serán designados de entre los integrantes de su institución de origen, observando los requisitos que en las disposiciones aplicables se establezcan para ocupar dicha titularidad”.
Los integrantes de la Policía Federal que sean designados para ocupar la titularidad de los mandos territoriales y estatales deberán acreditar los cursos de mando que establezcan el Servicio de Seguridad y Protección Ciudadana en los planteles de educación militar y naval que correspondan.
Se establece que el comandante ejercerá su autoridad por medio de los mandos territoriales, estatal y de unidad, sin perjuicio de ejercerla de forma directa. Asimismo, dispondrá de una Jefatura General de Coordinación Policial y de los organismos necesarios para el desarrollo de sus funciones.
Los mandos territoriales tendrán bajo su autoridad a dos o más mandos estatales; los mandos estatales tendrán a su cargo a dos o más unidades; el mando de unidad será de nivel Batallón, Compañía, Sección, Pelotón y Escuadra.
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