(05 de enero, 2020. Revolución TRESPUNTOCERO).- El 7 de noviembre de 2010 en Saucillo, Chihuahua, miembros de la delincuencia organizada secuestraron a un joven, integrantes de la familia Ponce Ríos. Los plagiarios contactaron vía telefónica, a la familia y les exigieron dinero.
Días después, los secuestradores entregaron al joven con vida, a cambio de aproximadamente 200 mil pesos. A pesar de haber realizado la denuncia ante la Fiscalía General del Estado en Saucillo, no se avanzó en las investigaciones.
Un año después, el 17 de octubre de 2011, asesinaron por razones desconocidas a otro de los integrantes de la familia Ponce Ríos. El autor material del homicidio fue sentenciado sólo por homicidio simple y condenado a ocho años de prisión, de acuerdo a la ficha del caso en poder de Revolución TRESPUNTOCERO.
El 8 de febrero de 2013, el joven que fue secuestrado, en 2010, conjuntamente con su primo , de 13 años de edad, trasladaban ganado, durante el recorrido en la carretera fueron perseguidos por un grupo armado. Al menor, le dispararon con tres armas de alto calibre. D acuerdo a lo mencionado en declaraciones, “los sicarios fueron comandados por el mismo grupo delincuencial que habían participado anteriormente en el plagio”.
La familia Ponce Ríos, contaba con un total de 94 miembros dedicados principalmente a los negocios de ganadería y agricultura. Desde el 2010, se convirtieron en víctimas de secuestros, homicidios y persecuciones, por parte del crimen organizado.
Esto obligó a la familia a desplazarse de su lugar de residencia a distintos sitios de la República Mexicana. Siendo parte de las más de 310 mil personas desplazadas a causa de la violencia en México.
Al observar como vecinos, amigos, clientes, proveedores y la población en general padecía la inseguridad que se intensificaba constantemente, la familia comenzó a recabar información y quejas y así conformaron los elementos necesarios para construir una denuncia que presentaron ante la Fiscalía, detalló a Revolución TRESPUNTOCERO, el primer miembro de la familia Ponce que se vio en la necesidad de salir de aquella región.
“Al momento de hacer las declaraciones, saliendo de la Fiscalía, resulta que todo el mundo sabía las denuncias que habíamos hecho. Fue así como comenzaron las amenazas y los daños a nuestra familia”.
A pesar de que la denuncia se realizó bajo el mecanismo legal de protección de testigos, luego de realizarla, los denunciantes recibieron amenazas de muerte y se dio paso a los hostigados.
Ante las amenazas sufridas, el indicio de contubernio entre las autoridades con el grupo delincuencial denunciado y ante la evidente falta de protección y seguridad por parte de las autoridades locales encargadas de investigar y perseguir el delito, el 16 de febrero de 2013 un integrante de la familia Ponce Ríos y su núcleo familiar, se desplazaron forzadamente desde Chihuahua hacia otra entidad federativa, en aras de garantizar su vida e integridad.
Exactamente un mes después de la denuncia anónima realizada, y de los incidentes y amenazas sufridas, el 11 de marzo de 2013, otro de los hermanos de la familia Ponce Ríos, fue asesinado en su negocio, por un grupo armado en presencia de empleados.
Dicho grupo armado derribó las puertas del rancho y después de preguntar por la ubicación de los Ponce Ríos, asesinaron a cuatro personas que se encontraban en dichas instalaciones. En este hecho letal quedaron con vida dos testigos, uno de las cuales fue posteriormente secuestrado, torturado y ejecutado.
El 13 de marzo de 2013, un integrante de la familia Ponce Ríos denunció vía telefónica que estaban siendo amenazados durante el funeral de su hermano, pero no obtuvieron protección por parte de las autoridades.
Un mes después, el 10 de abril de 2013 personas desconocidas saquearon e incendiaron el negocio ¨Súper Hermanos Ponce¨ de la ciudad Saucillo, Chihuahua. La fuente señaló que “el 50% del lugar quedó complemente calcinado y el otro 50% se deterioro por las afectaciones que de esto surgieron. Al final fue una perdida total”.
Los sobrevivientes optaron por salir de aquella zona, incluso dejando todo lo que habían construido. Ya que ni siquiera tuvieron tiempo de intentar vender las propiedades y otros bienes. Así fue como lo perdieron todo.
Al salir de aquella región, la familia buscó apoyo y fue la Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), la que tomó el caso para darle acompañamiento.
La CMDPDH, como representante de las víctimas, solicitó a la CEAV desde 2016 que se les reconociera la calidad de víctimas del desplazamiento interno forzado como una violación a derechos humanos, ya que ello implica que se les brinde una atención diferenciada y especializada.
Sin embargo, la CEAV negó la calidad de víctimas, bajo el argumento de “falta de elementos” para determinar que la familia Ponce Ríos haya sido víctima de violaciones a los derechos humanos, “cuando la propia CEAV conoce de la investigación en materia de derechos humanos que está abierta ante la Comisión Nacional de los Derechos Humanos y que su personal ha constatado que se trata de víctimas del desplazamiento interno forzado”, se explicó.
El pasado 12 de noviembre la CMDPDH fue informada sobre la emisión de la Recomendación 94/2019 emitida por la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) en favor de la familia Ponce.
La Recomendación 94/2019 reconoce el caso de la familia como un caso de desplazamiento interno forzado causado por la violencia generalizada en el estado de Chihuahua. La CNDH identifica las violaciones a sus derechos humanos y exige a las autoridades implementar las medidas necesarias para reparar integralmente a las víctimas.
La Recomendación no sólo prevé la generación de políticas públicas encaminadas al reconocimiento de víctimas de esta problemática, sino que contempla también el acceso rápido y oportuno a recibir medidas de atención integral. Se trata de un importante precedente para lograr el reconocimiento de los derechos de las víctimas de desplazamiento interno forzado, incluyendo la reparación integral de los daños por parte de las autoridades responsables. Su principal aporte radica en el énfasis en la construcción e implementación de rutas de acción a corto, mediano y largo plazo para que, a través de Programas de Atención Integral, las autoridades competentes brinden una adecuada atención a las víctimas de desplazamiento desde los primeros momentos.
Dentro de las recomendaciones emitidas por la CNDH se destacan:
De manera coordinada entre el estado de Chihuahua, la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV) y los municipios de Saucillo y Delicias, se deberá realizar, en un plazo de seis meses, un diagnóstico que evidencie la situación en la que se encuentran las personas desplazadas y las que hubiesen retornado;
las autoridades deberán diseñar y aplicar, dentro de un plazo de nueve meses, un Programa de Atención Integral en favor de la familia;
en un plazo de seis meses, deberán diseñar y aplicar un programa de acceso a la educación y vivienda, además de aportar los medios y las herramientas para que la familia pueda restablecer sus medios de subsistencia;
elaborar un documento en el que analice la pertinencia de presentar una iniciativa de “Ley de Prevención y Atención del Desplazamiento Forzado Interno” en el estado de Chihuahua;
la CEAV deberá diseñar, en un plazo de seis meses, un protocolo de actuación para el reconocimiento y registro de la calidad de víctimas de violaciones a derechos humanos para las víctimas de desplazamiento interno forzado;
la Fiscalía General del estado de Chihuahua, en un término de seis meses, deberá diseñar y aplicar un protocolo de investigación de los casos de desplazamiento interno forzado de personas, mediante el cual se investiguen los hechos y posibles delitos relacionados al fenómeno.
Aunque la CMDPDH reconoció el trabajo desarrollado por la CNDH en la Recomendación 94/2019, existe preocupación por parte de la Comisión, ya que existe una ausencia de recomendaciones hacia instituciones de gobierno como la Fiscalía General de la República, encargada de garantizar el acceso a la justicia de las y los mexicanos, y los gobiernos de las entidades federativas a donde se han desplazado las personas que tuvieron que huir de Chihuahua, ya que sus responsabilidades coordinadas en la materia deben ser señaladas.
“Confiamos en la voluntad de las instituciones de los tres órdenes de gobierno para lograr la materialización de la Recomendación, ya que representa un parteaguas para el reconocimiento de los derechos de la población internamente desplazada a causa de la violencia tanto en el estado de Chihuahua como a nivel nacional –338,000 personas desplazadas–, así como la oportunidad de desarrollar las medidas encaminadas para protegerlas”, puntualizó la CMDPDH.
Preciso es mencionar que, a pesar de que los delitos fueron denunciados ante las autoridades competentes, hasta el momento no se han esclarecido las responsabilidades. Derivado de la serie de omisiones por parte de las autoridades de todos los niveles, en 2016 la familia presentó una queja ante la CNDH.
En dicha queja se denunció la situación de desplazamiento interno forzado, así como la incapacidad del Estado mexicano, en sus tres niveles de gobierno, para atender y reparar los daños sufridos de manera integral.
La CNDH también incluyó en el documento los impactos generados por el desplazamiento forzado en las 26 mujeres que integran la familia. Por último, la Comisión contempló la situación de vulnerabilidad en la que se encontraban las personas adultas mayores que tuvieron que desplazarse.