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Senado aprueba Ley de Amnistía; por contingencia, AMLO prevé liberar a 400 reos de más de 65 años que han cumplido el 70% de sus condenas

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(20 de abril, 2020. Revolución TRESPUNTOCERO).- El Pleno del Senado de México aprobó la Ley de Amnistía en lo general, la cual fue promovida por el presidente Andrés Manuel López Obrador, con el objetivo de subsanar la saturación de centros penitenciarios, a modo de “acto humanitario” para evitar la propagación de contagios de COVID-19 en los reclusorios.

Fueron 68 los senadores que votaron a favor, mientras que hubo dos abstenciones y 14 votos en contra de esta ley que ya había sido aprobada por la Cámara de Diputados en diciembre pasado, con 285 votos a favor, 144 en contra y 19 abstenciones.

“Lograr la justicia social es uno de los objetivos de la ‘Cuarta Transformación’ y un vehículo para ello es la Ley de Amnistía que, si bien es un paso histórico, su aprobación es también un acto de humanidad ante la crisis por coronavirus”, manifestó Ricardo Monreal, coordinador de la bancada morenista.

Senadores del Partido Revolucionario Institucional (PRI), del Partido Acción Nacional (PAN), Movimiento Ciudadano (MC) y del Partido de la Revolución Democrática (PRD), se ausentaron de la discusión en comisiones. No obstante, se quedó una parte de ellos en el recinto.

En tanto, Morena, junto a sus aliados Partido del Trabajo (PT), Partido Encuentro Social (PES) y Partido Verde Ecologista de México (PVEM), consiguió quórum para iniciar la sesión primaria y votar la Ley de Amnistía en lo general.

Más temprano, la aprobación del dictamen en comisiones tardó menos de una hora y la discusión no causó ningún cambio al del dictamen que ya había sido aprobado por los diputados federales.

La Ley de Amnistía, a decir de los legisladores de Morena y del PT, beneficiará solo a personas que hayan sido procesadas o se les haya dictado sentencia firme ante los tribunales del orden federal. 

También se considerará a quienes no sean reincidentes del delito por el que están sentenciados, y/o que hayan cometido delitos antes de la fecha de entrada en vigor de esta ley también estarán contempladas. 

Entre los beneficiados de la amnistía se cuenta a quienes hayan cometido el delito de aborto en cualquiera de sus modalidades y a personas en situación de pobreza o de extrema vulnerabilidad, por tener una discapacidad permanente, que hayan cometido delitos contra la salud.

También se tomará en cuenta cuando el delito se haya cometido por indicación de su cónyuge, concubinario o concubina, o haya sido obligado por grupos de la delincuencia organizada.

Quienes hayan cometido robo simple y sin violencia, pertenecientes a pueblos y comunidades indígenas y que, durante su proceso no hayan tenido pleno acceso a la jurisdicción del Estado, por no tener garantizado el derecho a contar con intérpretes o defensores que tuvieran conocimiento de su lengua y cultura, también podrán gozar de este “perdón” gubernamental.

Asimismo, contempla liberar a los procesados o sentenciados por el delito de sedición, siempre que no haya actos de terrorismo, privación de la vida, lesiones graves a otra persona ni se hayan empleado o utilizado armas de fuego.

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