(18 de mayo, 2020. Revolución TRESPUNTOCERO).- En la denominada “nueva normalidad”, algunas empresas podrán reabrir solo con autorización del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS).
Las empresas de construcción, minería y fabricación de equipo de transporte, que se incluyeron la semana pasada en la lista de actividades esenciales, deberán contar con dicha autorización del IMSS para poder reiniciar sus labores.
Según los Lineamientos Técnicos de Seguridad Sanitaria en el Entorno Laboral, que publicó la Secretaría de Economía (SE), en cuanto las empresas cumplan con los requisitos, el IMSS tendrá 72 horas para aprobar o rechazar la solicitud de reapertura.
Las compañías deberán registrarse en la página del IMSS, donde encontrarán el cuestionario Autoevaluación del Protocolo de Seguridad Sanitaria.
“Son trámites sin burocracia, es decir, no son engorrosos, que tarden mucho tiempo y a partir de la confianza”, señaló el presidente Andrés Manuel López Obrador en su conferencia de prensa matutina.
Una vez que las empresas realicen la autoevaluación, firmarán una Carta Compromiso, también disponible en la plataforma gubernamental. Para el caso de empresas multiplanta, se registrará cada centro de trabajo de manera individual.
Después de esto, el IMSS comunicará, en un plazo menor a 72 horas, si pueden reabrir o no, si necesitan ampliar la información proporcionada.


