Sheinbaum derrumba 8 columnas de Reforma: no hay “Ley Antimemes”, sanciona fraudes que suplanten al gobierno

  • La Presidenta Claudia Sheinbaum y Luisa María Alcalde desmintieron la portada de Reforma: la reforma no castiga memes, parodias ni críticas; sanciona con uno a cinco años de prisión el uso comercial de identidad gubernamental para engañar y cometer un ilícito.

La presidenta Claudia Sheinbaum Pardo respondió a la publicación de ocho columnas del periódico Reforma sobre la llamada “Ley Antimemes” y aclaró que la reforma aprobada por el Senado no está dirigida contra memes, parodias o críticas políticas, sino contra quienes suplanten la identidad de instituciones públicas para engañar a las personas y cometer fraudes u otros ilícitos.

Durante la conferencia matutina, Sheinbaum y la consejera jurídica del Ejecutivo federal, Luisa María Alcalde Luján, explicaron los alcances del nuevo artículo 403 Bis y rechazaron que su propósito sea limitar la libertad de expresión. La reforma fue aprobada por el Senado el 30 de septiembre con 72 votos a favor y 34 en contra y pasó a la Cámara de Diputados para continuar su proceso legislativo. 

Sheinbaum: “Nada que ver con lo político”

La Presidenta explicó que el objetivo es contar con herramientas legales contra nuevas modalidades de fraude, incluidas aquellas que aprovechan inteligencia artificial para fabricar videos o contenidos falsos atribuidos a funcionarios públicos.

«Por ejemplo, de pronto sale un video con IA del director del IMSS diciendo una falsedad para cometer un fraude, llamando a la gente a que invierta en una cuenta. Entonces, a eso se refiere este artículo, nada que ver con lo político, sino con un fraude que se comete con una imagen de gobierno».

La mandataria puso sobre la mesa una diferencia fundamental: hacer un meme o una crítica no configura el supuesto previsto por el artículo; utilizar la identidad gubernamental para engañar deliberadamente y cometer un ilícito, sí.

Sheinbaum recordó que actualmente pueden fabricarse videos falsos en los que aparentemente una persona da instrucciones, recomienda inversiones o solicita dinero, aunque nunca haya realizado esas acciones. Incluso ejemplificó con un contenido manipulado en el que ella misma apareciera invitando a depositar recursos en determinada cuenta.

«Eso no estaba tipificado como delito», señaló.

¿Qué dice realmente el artículo 403 Bis?

La redacción mostrada por el Gobierno y contenida en la propuesta establece de uno a cinco años de prisión y una multa de mil a 10 mil Unidades de Medida y Actualización (UMA). Pero esas sanciones no se activan simplemente por utilizar una imagen gubernamental.

El artículo señala que se castigará a quien “utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial” la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales pertenecientes a instituciones públicas de cualquiera de los tres órdenes de gobierno.

Además, establece una condición central: el uso debe realizarse “para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito” sobre el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático u otra actuación atribuible a una institución pública.

La redacción coincide con el texto aprobado en el Senado y con la propuesta que aparece en la imagen presentada durante la explicación. 

Es decir, no basta con reproducir un logotipo, hacer una parodia o publicar una crítica. El supuesto penal incorpora elementos específicos: uso a escala comercial, engaño sobre un supuesto origen oficial e intención de cometer un ilícito.

Alcalde desmiente que se persigan memes y críticas

Luisa María Alcalde también rechazó la interpretación de que la reforma pueda convertirse en un mecanismo para perseguir expresiones políticas en internet.

«Se dice de manera engañosa que lo que se pretende es limitar los memes, la crítica, pero absolutamente nada tiene que ver esta ley con eso».

La consejera jurídica explicó que uno de los escenarios que pretende combatir la legislación son páginas falsas que utilizan imágenes, logotipos o identidades institucionales para hacerse pasar por autoridades, obtener depósitos o apropiarse de información de las víctimas.

Entre los ejemplos mencionó sitios que aparentan pertenecer al IMSS y ofrecen supuestos trámites o recálculos de pensiones a cambio de dinero, así como páginas que utilizan la identidad del Servicio de Administración Tributaria (SAT) para solicitar pagos con el argumento de regularizar una situación fiscal.

«Tiene que haber la intención de inducir al engaño o al error, la intención de cometer un ilícito y de hacerte pasar por el gobierno».

Una verificación independiente del contenido de la reforma coincide en que el artículo 403 Bis no establece sanciones por sátira política, parodias o memes, sino que contempla la suplantación de identidad oficial con una finalidad ilícita. 

De la piratería al fraude con identidad institucional

La modificación forma parte de una reforma más amplia al Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, cuyo objetivo incluye fortalecer las sanciones contra piratería, falsificación y uso indebido de propiedad intelectual e identidad gráfica institucional. 

Durante su discusión legislativa, el artículo 403 Bis fue modificado para precisar sus alcances. La pena quedó establecida entre uno y cinco años de prisión y la redacción delimitó el delito al uso “a escala comercial”, acompañado de la intención de engañar para cometer un ilícito. 

Así, frente a la presentación de la reforma como una “Ley Antimemes”, Sheinbaum y Alcalde centraron su respuesta en el contenido textual de la disposición: los memes, la sátira, las parodias y la crítica al gobierno no aparecen tipificados como delito; el artículo apunta a la utilización fraudulenta de una identidad gubernamental para hacer creer a una persona que está frente a una comunicación, plataforma o servicio oficial. 

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