La Cámara de Diputados aprobó reformas para prohibir y sancionar a quienes practiquen pruebas de cosméticos con animales.
Con la reforma a la Ley General de Salud, habrá sanción económica o hasta siete años de cárcel a quienes contraten, autoricen, conduzcan, participen o desarrollen pruebas cosméticas en animales.
La pena económica puede ascender hasta dos mil veces el valor de la Unidad de Medida y Actualización, es decir, 179 mil 240 pesos.
El dictamen fue avalado con 442 votos a favor con uno en contra, y también habrá multa económica a quien fabrique, importe o comercialice productos cosméticos en cuya formulación medien o hayan mediado pruebas en animales.
En este caso, la multa será de entre 15 mil y 20 mil veces UMAs, es decir, de un millón 344 mil a un millón 792 mil pesos.
El articulado detalla que “todos los productos cosméticos comercializados podrán señalar que en su fabricación no se han llevado a cabo pruebas en animales, en términos de la normatividad aplicable”.

