Esta tarde la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) informó que las mujeres embarazadas que han sido despedidas de sus trabajos, “tienen derecho a la reinstalación y al pago de salarios caídos, sin importar si son trabajadoras de ‘base’ o de ‘confianza'”.
A través de un comunicado, la corte informó que la Segunda Sala del organismo otorgó un amparo “a una servidora pública de confianza para ser reinstalada por el despido ilegal que sufrió con motivo de su embarazo”.
Distintos organismos reconocieron, anteriormente, que la mujer fue despedida de manera injustificada, por lo que se ordenó que fuera indemnizada; sin embargo, no establecieron su reinstalación, “con ello, interpretaron de manera limitativa la protección a la maternidad y restringieron sus derechos laborales”, reconoció la SCJN.
La Sala encargada del caso “concluyó que no existe prohibición constitucional para reinstalar a las mujeres despedidas por su condición de embarazo (…) sin distinguir entre nombramientos de base y de confianza”.
Por todo esto se tomó la decisión de que el Tribunal Federal de Conciliación y Arbitraje (TFCA) emita una sentencia en la que se reconozca el derecho de la trabajadora despedida a conservar su empleo. Además, se debe estimar el pago de todos sus salarios caídos.

