La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló este miércoles que los migrantes que formalmente soliciten refugio en México, podrán tramitar su Clave Única de Registro de Población (CURP).
Nueve migrantes —provenientes de siete diferentes países— que desde 2017 cuentan con el estatus de refugiados en México, obtuvieron hoy un amparo que les permite tramitar su CURP.
La importancia de este hecho radica en que, a partir de la obtención de esta clave, los migrantes podrán acceder a los derechos que poseen, tales como Servicios de salud, educación y trabajo.
En este sentido, es de mencionarse que la ausencia de la Clave Única, ha representado un obstáculo para que tengan acceso a ciertos servicios, así lo reconoció la SCJN: “la ausencia de la CURP sí ha resultado en barreras para acceder a un ejercicio efectivo de los derechos fundamentales”.
Al respecto, el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena señaló: “esta Suprema Corte encuentra suficiente sustento fáctico para afirmar que las personas solicitantes de la condición de refugiado se encuentran en un estado especial de vulnerabilidad y que, a pesar de que cuentan con derechos reconocidos, se han visto imposibilitados para acceder a ellos y ejercerlos efectivamente en condiciones de igualdad, sobre todo, por barreras administrativas, sociales y culturales”.