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SCJN resuelve que prisión preventiva oficiosa podrá revisarse después de dos años de haber sido dictada

La corte tomó esta decisión luego de que una persona pidiera la revisión de su caso tras haber pasado dos años sin que se le dictara sentencia

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) determinó que la prisión preventiva decretada en un proceso penal, podrá ser revisada —y revocada— después de cumplir un plazo de dos años.

Con cuatro votos a favor y uno en contra, la corte tomó esta decisión luego de analizar la situación de una persona solicitó la revisión de su caso. “Lo anterior, luego de haber transcurrido más de dos años desde que fue decretada sin que se le hubiera dictado sentencia”.

La Primera Sala de la SCJN decretó “que si derivado de la revisión mencionada se estima que la duración de la prisión preventiva oficiosa debe prolongarse, la decisión de la autoridad jurisdiccional deberá estar sujeta a un escrutinio elevado en justificación, que evitará que esta medida cautelar se extienda innecesariamente”.

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