spot_img

Corte revienta última defensa de Elektra: deberá pagar 33 mil 306 millones de pesos; Pleno desactiva tácticas dilatorias y avala la postura del SAT

El máximo tribunal niega el amparo por unanimidad a Grupo Elektra de Ricardo Salinas Pliego, confirma el adeudo fiscal del régimen de consolidación y endurece sanciones por maniobras para frenar la votación.

- Anuncio -

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves uno de los litigios fiscales más importantes en la historia reciente al negar el amparo a Grupo Elektra y validar la postura del SAT respecto al adeudo derivado del cierre del régimen de consolidación fiscal en 2013. La determinación obliga al conglomerado a pagar 33 mil 306 millones 576 mil 349 pesos, cifra que incluye actualizaciones, recargos y multas, y que convierte al caso en el juicio fiscal más cuantioso jamás resuelto por la Corte.

La discusión concluyó con una mayoría clara en el Pleno, suficiente para desechar el amparo promovido por Grupo Elektra y confirmar la validez del crédito fiscal reclamado por el SAT. La posición prevaleciente determinó que la empresa sí debía reintegrar las pérdidas fiscales aplicadas en el régimen de consolidación, dejando firme el adeudo de 33 mil 306 millones 576 mil 349 pesos.

La sesión de este 13 de noviembre de 2025 también dejó claro que el Pleno no permitirá más retrasos procesales: los ministros desecharon de manera definitiva los impedimentos promovidos para frenar la votación y confirmaron sanciones económicas por el uso reiterado de recursos improcedentes.

La resolución de fondo: Elektra sí debía revertir las pérdidas fiscales

El litigio se originó por las pérdidas por enajenación de acciones que Elektra registró entre 2008 y 2012, mismas que la empresa pretendía deducir de forma definitiva. Sin embargo, el SAT argumentó que, al concluir el régimen de consolidación fiscal en 2013, estas pérdidas debían reintegrarse al resultado fiscal, conforme a una disposición transitoria de la Ley del ISR.

El proyecto aprobado por la Corte confirmó que la empresa no cumplió con el procedimiento temporal previsto en la ley, lo que vuelve procedente el crédito fiscal emitido por la autoridad hacendaria. Con la votación de hoy, se cierra la puerta a cualquier interpretación que permitiera mantener esas deducciones.

En términos jurídicos, la resolución del Pleno sienta un precedente relevante: las pérdidas aplicadas en consolidación sí deben reintegrarse al finalizar el régimen, incluso si los grupos empresariales buscaban un tratamiento definitivo.

Los intentos de aplazamiento: 9 impedimentos y decenas de recursos

La votación del amparo directo en revisión 6321/2024 fue retrasada durante meses por una avalancha de recursos promovidos por la empresa. Entre ellos, solicitudes para que los nueve ministros se declararan impedidos por presunto conflicto de interés, acciones que la Corte consideró infundadas.

La estrategia tenía un objetivo claro: paralizar la votación del juicio más grande para el grupo empresarial. No obstante, el Pleno dejó claro que estos mecanismos no pueden utilizarse para detener indefinidamente la impartición de justicia.

Multas confirmadas: sanciones de hasta 65 mil pesos por recurso improcedente

La resolución fiscal está directamente vinculada con las sanciones impuestas por la Corte. Previamente, la Segunda Sala había aplicado multas de hasta 65 mil pesos por cada recurso improcedente, dirigidas específicamente a los impedimentos infundados contra diversos ministros.

Este jueves, el Pleno sostuvo la misma línea: mantuvo las sanciones y recordó que el uso de recursos para entorpecer o dilatar un fallo constituye un abuso procesal que la Corte no pasará por alto.

De acuerdo con los expedientes, Elektra ha interpuesto más de un centenar de recursos en los últimos años para tratar de frenar el avance de sus procedimientos fiscales, acumulando una larga lista de incidentes que hoy forman parte del análisis público del caso.

Un mensaje institucional: ni más aplazamientos ni más tácticas dilatorias

La decisión de desechar los impedimentos de las ministras Lenia Batres y Yasmín Esquivel, junto con la votación del juicio principal, envía una señal firme: el máximo tribunal del país está decidido a cerrar este capítulo sin permitir más maniobras procesales.

El fallo también refuerza la posición del SAT, que desde el inicio sostuvo que la empresa debía reintegrar las pérdidas y cubrir el monto completo de su adeudo.

La Corte concluye así uno de los expedientes fiscales más emblemáticos y confirma que Grupo Elektra deberá pagar los 33 mil 306 millones de pesos que le corresponden. Con el camino despejado y las sanciones ratificadas, el caso queda listo para su ejecución.

Batres y Esquivel no están impedidas para participar en litigios de Salinas Pliego. Aplicarán multa contra el deudor

- Anuncio -spot_img
- Anuncio -

MÁS RECIENTE

- Anuncio -

NO DEJES DE LEER

- Anuncio -