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Brugada pone bajo lupa a hoteles y moteles con reforma contra la trata y la violencia de género

Brugada pone bajo lupa a hoteles y moteles con reforma para frenar la trata y la violencia contra mujeres ¿en qué consiste la iniciativa y que podría cambiar en caso de aprobarse?

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El pasado 25 de noviembre, la Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, Clara Brugada Molina presentó un paquete de reformas legislativas entre las que figuraban la Reforma a la Ley de Establecimientos Mercantiles de la CDMX y a la Ley de Turismo de la capital, cambios que pretenden combatir la trata y violencia contra las mujeres en los hoteles.

Como parte de los objetivos de estas reformas propuestas por Brugada resalta el reforzar la seguridad en hoteles y moteles, mediante registros confiables de huéspedes, y videovigilancia, así como prevenir delitos como feminicidio, trata de personas y violencia sexual, con protocolos claros y capacitación al personal.

Esta iniciativa es de especial relevancia y diversas colectivas feministas habían señalado con anterioridad la necesidad de implementar una regulación más estricta en hoteles y moteles. La investigación “Hoteles Feminicidas en CDMX” indicó que, entre 2015 y el primer trimestre de 2020 se cometieron 39 feminicidios en hoteles.

Aunado a esto, se contempla la creación de protocolos para prevención y atención de la violencia contra las mujeres e infancias, así como capacitación al personal de hoteles y moteles para prevenirla y detectarla.

Por ahora, tanto estas iniciativas como otras que contemplan modificaciones al Código Penal, fueron turnadas a comisiones del Congreso de la Ciudad de México, para su análisis y dictaminación.

Registro minucioso previene que la “privacidad” ponga en riesgo a los huéspedes

Las nuevas reglas propuestas para la Ley de Establecimientos Mercantiles contempla como necesario que los recintos mencionados soliciten una identificación oficial obligatoria con fotografía para todas las personas que ingresan y convierte en indispensable el registro de nombre, domicilio, hora de entrada y salida, así como el número de la placa de los vehículos de todas las personas que ingresen.

Este es un paso sin precedentes en la protección de las mujeres, pues la investigación previamente referida señala que la privacidad pone en riesgo a los huéspedes, ya que bajo la promesa de discreción, algunos establecimientos no piden identificarse y mucho menos que los visitantes salgan del automóvil en el que en ocasiones entran.

Hasta ahora, basta con bajar la ventana para pagar y recibir las llaves de la habitación y generalmente, los establecimientos se manejan bajo el pensamiento de que lo que suceda en el interior de las habitaciones no es de la incumbencia del personal, aun cuando se trate de violencia de género y el desenlace muchas veces sea la muerte.

En el caso de niñas, niños y adolescentes, este registro aplicaría también con ellos y se les vincularía a la persona adulta responsable.

Asimismo, cuando una mujer llegue como posible víctima de violencia sin identificación, el hotel puede hospedarla y debe dar aviso inmediato a la autoridad. También se estipula la videovigilancia obligatoria en entradas, salidas, áreas comunes y estacionamientos.

Al abordar el protocolo de actuación con perspectiva de género, se determina que todos los establecimientos deben contar con seguridad privada registrada y capacitada.

Por otra parte, orientada a la respuesta oportuna, se expone que, de no tener respuesta de la habitación o en caso de que se detecte una situación de riesgo, el establecimiento debe notificar de inmediato a la Secretaría de Seguridad Ciudadana (SSC) o a la Fiscalía capitalina.

Nuevas sanciones

En cuanto a las nuevas sanciones, la iniciativa contempla que, en caso de omitir la difusión del reglamento y medidas en caso de violencia de género, se impondrán multas que pueden ir de mil a 5 mil UMAs y clausura temporal en caso de reincidencia.

En caso de incumplir con obligaciones de registro robusto, videovigilancia, protocolos y seguridad privada, se impondrán multas de 3 mil a 10 mil UMAs, así como la clausura temporal inmediata de 15 a 30 días naturales y clausura permanente en caso de reincidencia.

Cabe destacar que el Instituto de Verificación Administrativa (INVEA) y las alcaldías serían las instancias encargadas de verificar y ejecutar las sanciones conforme a la Ley de Procedimiento Administrativo.

También se contempla la clausura permanente y extinción de dominio en casos graves, como por ejemplo, si se omite o falsifica información y se cometen en el establecimiento delitos como feminicidio, transfeminicidio, violencia sexual o trata de personas.

En caso de demostrarse la comisión de delitos de trata de personas, el inmueble puede ser sujeto a extinción de dominio y el uso del mismo sería con enfoque social; es decir, podrá destinarse como albergue o refugio para mujeres, niñas, niños y adolescentes víctimas de violencia, a través de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas.

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