spot_img

Tribunal establece que Yakiri actuó en legítima defensa… pero con exceso

- Anuncio -

El día 9 de diciembre Yakiri Rubio fue amenazada y secuestrada alrededor de las 8 de la noche por los hermanos Miguel Ángel y Luis Omar Ramírez Anaya y llevada al hotel Alcázar de la colonia Doctores, donde fue violada. Cuando su vida corría peligro al ser apuñalada en el brazo izquierdo, pudo defenderse  provocando una herida en el cuello de su atacante, Miguel Ángel, quien salió corriendo del lugar, bajó dos pisos de arrancó su motocicleta y llegó hasta la vecindad donde vivía.

Yakiri salió en busca de ayuda gritando que la habían violado, fue trasladada en una patrulla de la policía capitalina al Ministerio Público No. 50, de la misma colonia,  para que presentara la denuncia y fuera atendida por las heridas que presentaba. Luis Omar Anaya acudió a la misma agencia para denunciar a Yaki por el asesinato de su hermano. Inmediatamente, y sin que se le fuera notificado a la denunciante, fue detenida por el delito de homicidio y trasladada al penal de Santa Marta Acatitla, lugar en la que fue intimidada y golpeada por otras reclusas, razón por la cual fue trasladada al penal de Tepepan.

El 17 de diciembre el juzgado 68 penal, a cargo de Santiago Ávila Negrón, le declaró auto de formal prisión. Cabe señalar que Yakiri no recibió la atención que de acuerdo a la Norma Oficial Número 46, debe brindarse a cualquier persona que haya sido víctima de agresión sexual. Varias han sido las acciones por parte de organizaciones, activistas, defensores de derechos humanos y sociedad civil para evidenciar la falta de perspectiva de género en la actuación por parte elementos de seguridad, ministerios Públicos y la misma procuraduría capitalina para llevar el caso.

Yakiri fue víctima de violencia feminicida, sin embargo, no se respetó en ningún momento lo establecido en las legislaciones federal y local, ni tampoco sus juzgadores se apegaron al Código de Procesos Penales del Distrito Federal. El pasado 29 de diciembre de 2013 se realizó una marcha encabezada por los padres de Yakiri, José Luis Rubio y Marina Aupart, originarios del barrio de Tepito. Desde entonces y a la fecha se han hecho llamados por parte de defensores de derechos humanos de las mujeres en el interior y al exterior del país para exigir la liberación de la joven de 20 años de edad.

La Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal emitió un dictamen en el que se demuestran irregularidades en el caso: “se desprende que Yakiri presentaba heridas cortantes en ambas manos producidas al hacer contacto con la parte metálica y el filo del instrumento, con características de arma blanca, situación que demuestra que el hoy occiso empuñaba dicho instrumento, lo cual permite desprender que la conducta atribuida a Yakiri Rubí Rubio Aupart se desplegó en legítima defensa de su vida”.

El día de ayer la quinta sala del Tribunal de Justicia del Distrito Federal determinó que el homicidio de Miguel Ángel Ramírez Anaya fue en legítima defensa, sin embargo, resolvió que ocurrió con exceso de violencia. Lo que significa que Rubio Aupart enfrentará el resto del proceso en libertad una vez que se establezca y se realice el pago de la caución correspondiente.

La resolución se dio ayer por la tarde  por lo que será hasta hoy cuando se envíe al juzgado de Paz Penal quien deberá determinar la caución, esto es el monto de la fianza. En espera de que sea durante las primeras horas del día, explicó en entrevista para REVOLUCIÓN TRES PUNTOCERO, Olivia Rubio abogada y familiar de Yakiri Rubio.

Una vez que se tenga la cantidad que determine el juez como caución y se reúna el dinero para su liberación  Yakiri podrá salir del penal de Tepepan. “Lo que hace ahora la familia es prepararse para que el día de mañana nos den la cantidad y que cada quien ponga lo que pueda aportar y que tal vez por la tarde o por la noche si nosotros logramos juntar la caución, nosotros podamos, sacarla”, dijo Olivia Rubio.

En teoría penal la legítima defensa puede conllevar dos tipos de exceso, uno es de tiempo y el otro es en intensidad,  ya que existe un límite para que la “vida no siga corriendo peligro”. De momento, el Tribunal determinó que Yakiri “sí actuó en legítima defensa pero con exceso, por haber resultado muerto Miguel Ángel. Sin embargo,  en este caso Yakiri actuó porque Miguel Ángel la estaba atacando con un elemento punzo cortante que pudo haberle quitado la vida”.

Por lo que la abogada de Yaki, Ana Katiria Suárez integrará las pruebas para demostrar que fue en legítima defensa “y ahora la litis –controversia judicial– es demostrar que no fue en exceso, que ella actúo de la manera que tuvo a su alcance y que la muerte de Miguel Angel no pudo haber sido prevista por Yakiri. Tan es así que Miguel Ángel salió del hotel, tuvo la fuerza para bajar dos pisos de un hotel subirse a su moto, arrancar y llegar hasta el punto en el que perdió la vida”.

“Parte de la argumentación que va a tener la defensa es si Miguel Ángel hubiera acudido directamente a un auxilio médico, a un nosocomio, lo más probable es que hubiera podido salvar la vida, pero no es así”, una vez que se demuestre tal situación, Yakiri será exonerada de cualquier cargo. Aun cuando esto ocurra el agravio hacia una víctima de violencia feminicida que resulta recluida –luego de acudir ante las autoridades para recibir atención–, no debería quedar impune. Con lo cual se pone de manifiesto que la justicia en México no es para todas las personas por igual.

- Anuncio -spot_img

MÁS RECIENTE

NO DEJES DE LEER