(18 de mayo, 2015).- Después de que se había buscado desprestigiar la labor de Andrés Manuel López Obrador indicando que sus spots, giras y mítines eran actos de campañas adelantados, la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral Federal dictaminó que están dentro de los márgenes constitucionales y legales permitidos.
De esta manera se desestima lo presentado por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) donde pretendía presentar una “sobreexposición indebida” del dirigente de Movimiento Regeneración Nacional (MORENA). Cabe indicar que la sentencia del TRIFE fue emitida el pasado viernes.
“Se considera que está dentro de los márgenes constitucional y legalmente permitidos porque la calidad con la que se ostenta Andrés Manuel López Obrador es como presidente y dirigente de MORENA”.
“Además, no ostenta cargo en el servicio público ni está registrado como candidato a ocupar algún cargo de elección popular en los procesos electorales federal y local en curso”, dictaminó la Sala Regional.
Cabe recordar que el Verde acusó a AMLO ya su partido, MORENA, de violar el principio de equidad ya que, según ellos, el tabasqueño buscaba posicionarse ilegalmente mediante la “sobreexposición”.
No hay que olvidarse que una de las múltiples multas al Verde fue por la sobreexposición de su imagen, tanto en el cine y en anuncios diversos.
Por su parte la Sala Especializada multó a MORENA con 781 mil 909 pesos por haber incluido, en su spot e intercampaña, la frase “En MORENA tu voto sí vale”.




