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Aceptan controversia por tema Dish-Televisoras

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(17 de febrero, 2014).- A través de un comunicado, el gobierno federal anunció que la la Controversia Constitucional presentada por el Consejero Jurídico del Ejecutivo, Humberto Castillejos Cervantes en contra de los actos del Juez Trigésimo Segundo de lo civil del Distrito Federal, fue admitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), la cual contiene dos acuerdos dictados por la Ministra, Olga Sánchez Cordero, la cual contempla: Acuerdo dictado en el cuaderno principal número 18/2014, mediante el cual se admite a trámite la controversia constitucional planteada por Enrique Peña Nieto y el acuerdo dictado en el incidente de suspensión mediante el cual se concede la suspensión en contra de los actos reclamados del juez trigésimo segundo de lo civil del Distrito Federal.

La resolución señala que “el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL) es quien deberá, ante ausencia de legislación en la materia, llevar a cabo todos los actos administrativos de su competencia a fin de cumplir ese mandato que deriva de forma directa de la Constitución. Por disposición constitucional, la autoridad competente en la materia es el citado instituto por lo que esta competencia no puede ser desconocida por cualquier otro ente público, so pretexto, incluso, de la tramitación de un diverso juicio en el que se ventilen, como parece ser en la especie, derechos de índole patrimonial, como los derechos autorales en disputa. Ni mucho menos se puede avalar que una autoridad judicial local, que no tiene competencia para determinar las atribuciones de dicho Instituto, pretenda desconocer –a través de un oficio—esa competencia que por mandato de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos tiene atribuida el Instituto Federal de Telecomunicaciones pues solamente la Suprema Corte de Justicia de la Nación puede establecer a quien corresponde o no un ámbito competencial constitucional. Por lo que, independientemente de la vía jurisdiccional que tramita el juez local, no le es dado señalar ámbitos competenciales de atribuciones, ni mucho menos desconocerlos”.

Con esta resolución, el instituto podrá ejercer las atribuciones constitucionales dadas, sin que la controversia constitucional siga su trámite hasta que la SCJN dicte la sentencia respectiva sobre el caso.

Este caso a causado mayor relevancia a partir de que Televisa acusa al sistema de televisión de paga Dish de retransmitir de manera ilegal las señales de televisión de los canales 2, 4, 5 y 9, y sus respectivas señales digitales espejo. Ante esto, la empresa de Emilio Azcarraga señaló que emitir los lineamientos sobre la retransmisión de las señales viola la Ley de Derechos de Autor, la cual protege los programas radiodifundidos de todas y cada una de las empresas de televisión en México, lo cual detonó un conflicto entre Televisa, Azteca y la empresa propietaria de Carlos Slim.

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