Por: Valentina Pérez
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Dos parejas de lesbianas, de nacionalidad austriaca y alemana, detonaron, en sus respectivos países, resoluciones legales que beneficiarán a toda la comunidad LGBTI en la lucha por la igualdad de derechos.
Ambos países europeos permitirán lo que se conoce como ‘adopciones sucesivas’, permitidas en parejas heterosexuales, pero hasta ahora ilegales en la mayoría de los país. Esto quiere decir que en una unión de mujeres, por ejemplo, si una de ellas ha adoptado un hijo, la segunda también podrá adoptarlo para tener derechos y obligaciones sobre el niño.
La aprobación de esta medida se ha considerado, dentro de los sectores progresistas, como una resolución a favor de la niñez, ya que ellos podrán gozar de manutención de ambos progenitores en caso de divorcio, así como decidir con cuál de los dos vive y en caso de defunción, poder disponer de la herencia.
En Alemania, las uniones entre personas del mismo sexo no cuentan con igualdad de derechos y obligaciones que un matrimonio heterosexual, por lo que esta ganancia escala en atribuciones la sociedad de convivencia en la que se tipifican las familias LGBTI. Hasta el momento en este país sólo se permitía la adopción de un segundo padre o madre si el niño a adoptar era hijo biológico de la pareja.
Aunque la adopción sucesiva en adelante será permitida, aún no está estipulada la adopción conjunta por parte de parejas del mismo sexo y no se encuentra en revisión ninguna iniciativa al respecto, pues la atención de las demandas de la comunidad se ha centrado en demandar los beneficios fiscales –reducción de pago de impuestos- que permite el matrimonio pero que excluye a las sociedades de convivencia.
En el caso austriaco fue el Tribunal Europeo de Derechos Humanos quien obligó al país a derogar la ley que impide la adopción sucesiva a las parejas gay por considerarla discriminatoria. Amnistía Internacional sentenció que el gobierno de Austria “no aportó ninguna prueba ni un argumento que demostrara que una pareja LGBTI no puede satisfacer las necesidades de un niño”. El fallo en contra significa que Austria deberá emprender una reforma legislativa para resolver este tipo de adopción en familias homoparentales.
De los 10 estados miembros del Consejo Europeo, seis ya tienen reglamentado este tipo de casos: Bélgica, Islandia, Países Bajos, Eslovenia, España y Reino Unido. Y las resoluciones se inscriben en el marco de la deliberación en Francia sobre la adopción entre parejas del mismo sexo.