En un reciente informe derivado de sus audiencias públicas, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) denunció la extrema vulnerabilidad que enfrentan las personas migrantes en territorio mexicano, donde la desaparición y la desaparición forzada se han convertido en prácticas alentadas por políticas restrictivas y la impunidad estructural.
Según el organismo, las dificultades para obtener visados debido a las elevadas exigencias económicas obligan a miles de personas a utilizar rutas peligrosas, vinculando directamente el ejercicio del derecho a la movilidad humana con el riesgo de ser víctimas de desaparición.
La CIDH documentó casos emblemáticos ocurridos entre 2010 y 2022 que ilustran la magnitud de la tragedia. Entre los hechos más cruentos se encuentran la masacre de 72 migrantes perpetrada en San Fernando, Tamaulipas en 2010; 9 cuerpos permanecen sin identificar.
También se contabilizan las fosas de San Fernando encontradas en 2011, en donde se hallaron 196 restos, de los cuales 56 no han sido reconocidos. Otro caso documentado fue el hallazgo de 49 torsos en Cadereyta, Nuevo León durante 2012; 30 de ellos siguen en calidad de desconocidos.
Entre los casos más recientes, se destaca la desaparición de 22 migrantes en San Luis de la Paz en 2011 y el trágico caso de la niña nicaragüense Sofía Abigail Caballero, arrastrada por el Río Bravo en 2022.
Además, organizaciones como la Fundación para la Justicia y el Estado Democrático de Derecho (FJEDD) reportaron que, aunque el 90 por ciento de las víctimas son hombres de entre 20 y 40 años, en las últimas dos décadas ha aumentado el número de mujeres y menores desaparecidos, provenientes no solo de Centroamérica, sino también de países como Venezuela, Cuba, Haití e incluso de continentes como África y Asia.
Casos de falsas repatriaciones y distintas modalidades de desaparición
Uno de los puntos más críticos del informe es la denuncia de irregularidades en la entrega de restos. Familiares de víctimas de la masacre de San Fernando, como la familia de Juliard Aires Fernandes de Brasil y Ángela Lacán de Guatemala, denunciaron haber recibido ataúdes con la instrucción de no abrirlos.
Al desobedecer la orden, descubrieron que en su interior no había cuerpos, sino bolsas con arcilla, lo que evidencia una negligencia profunda y falta de respeto a la dignidad de las víctimas.
El informe señala una red de complicidades que abarca desde grupos criminales transnacionales hasta autoridades de distintos niveles, principalmente local y estatal.
“Los delitos contra personas migrantes sugieren la tolerancia y hasta la participación, por acción u omisión, de agentes de seguridad (policías o militares) y autoridades migratorias”, señala la CIDH.
Las desapariciones ocurren principalmente bajo cuatro modalidades: secuestros masivos de autobuses en tránsito; secuestros individuales con fines de extorsión; privación de la libertad en “casas de seguridad” para reclutamiento forzado; y detenciones en estaciones migratorias o cárceles sin notificación familiar, lo que da inicio a la condición de “desaparecido”.
Prevención, responsabilidad estatal y perspectiva de género; las recomendaciones de la CIDH
En atención al análisis y a las conclusiones presentadas, y con fundamento en las atribuciones conferidas por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, la CIDH formuló una serie de recomendaciones urgentes para fortalecer las políticas de seguridad ciudadana y prevención.
La primera de ellas es el Fortalecimiento de la Prevención, en donde se instó a fortalecer la estrategia de prevención de la desaparición mediante medidas de erradicación coordinadas entre los tres niveles de gobierno, contando con la participación activa de organizaciones de derechos humanos y colectivos de familiares de víctimas.
En segundo lugar, la Comisión solicitó al Ejecutivo Federal preparar y difundir estudios que sistematicen los procesos penales y administrativos donde se acredite el involucramiento de funcionarios públicos en casos de desaparición forzada.
Además, se recomendó definir en el derecho interno el alcance de la “aquiescencia” para determinar cuándo la desaparición de una persona en contextos de alta criminalidad organizada es atribuible a agentes del Estado por su complicidad o tolerancia.
Finalmente, pidió incluir en las políticas de protección de niñas, niños y adolescentes expuestos al reclutamiento forzado por el crimen organizado una atención a las causas diferenciadas de los riesgos desde una perspectiva de género.
Aunque el Estado mexicano destacó herramientas como el Mecanismo de Apoyo Exterior (MAEBI), el Grupo de Trabajo Interinstitucional y la Mesa de Búsqueda de Personas Migrantes, la CIDH subrayó la necesidad de que estos espacios den resultados tangibles, dado que, de 124 reportes de desaparición analizados por organizaciones civiles en una década, apenas se logró la identificación de 20 personas.


