CNDH juega el papel de abogado de responsables de la masacre; no aceptamos disculpas del gobernador, ésta la tiene que dar EPN: víctimas de Nochixtlán

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(30 de octubre, 2017. Revolución TRESPUNTOCERO).- Un año cuatro meses después del hecho violento que se perpetró en Asunción, Nochixtlán, finalmente la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), emitió su recomendación, que se ha visto cuestionada tanto por organizaciones como por víctimas y familiares de fallecidos producto de la violencia del 19 de junio de 2016.

En un documento enviado a Revolución TRESPUNTOCERO, un grupo de pobladores de Nochixtlán, conformado por víctimas y familiares de víctimas (fallecidas) en el hecho violento, cuestionan y desconocen la recomendación de la CNDH, además han dado a conocer a este medio que derivado de la inconformidad recurrirán a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos(CIDH).

“La recomendación 7VG/2017 incrimina a las víctimas y favorece a los agresores”, advierte el documento. A su vez, afirma que “la CNDH justifica la ejecución extrajudicial de personas al concluir que el uso de fuerza letal fue la adecuada”.

El 17 de octubre pasado, la CNDH emitió la recomendación 7VG/2017, bajo el título “Violaciones graves a Derechos Humanos por los hechos ocurridos el 19 de junio de 2016, en Asunción Nochixtlán, San Pablo Huitzo, Hacienda Blanca y Trinidad y Viguera, en el Estado de Oaxaca”, con el cual las víctimas directas e indirectas y el Centro de Derechos Humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas, señalan algunos puntos del documento del órganos defensor de Derechos Humanos, con los cuales se encuentran en inconformidad.

“La recomendación de la CNDH refiere argumentos para eximir de responsabilidad a funcionarios federales, estatales y municipales, como si se tratara de un legajo de investigación, en el que, inclusive, juega el papel de defensor y abogado de los responsables de la masacre del 19 de junio de 2016”, puntualiza el documento.

El grupo de víctimas refiere al señalamiento de la CNDH que versa: “La prueba negativa de presencia de plomo y bario determinado por el perito oficial de la Fiscalía General del Estado de Oaxaca (FGE), respecto de las 6 víctimas no nos puede establecer si éstas portaban armas y es un resultado falible para determinar si alguna disparó un arma de fuego”.

A lo que responde el grupo, que pese a que se determina resultado negativo en la prueba, a criterio de la CNDH pone en duda el uso de armas por parte de las víctimas. A su vez, indican que, “la Comisión Nacional exime de responsabilidad a la Gendarmería sobre el homicidio de 3 víctimas, argumentando como abogado defensor de esta institución policial, que sus agentes llegaron a Nochixtlán después de las diez horas con 40 minutos de la mañana, sin referir que ya había policía federal, y que supuestamente no estaba armada y refiere que los responsables de los homicidios fueron la policía estatal o la población”.

Lo anterior con referencia a lo que concluye la CNDH: “el primer grupo de víctimas, V1, V2 y V3, fueron lesionadas en las inmediaciones de la calle Robles y los hoteles 1 y 2 antes de las 10:40 horas por armas de fuego. V1 por arma corta calibre 9mm y V3 por arma larga calibre .223.

Estas tres víctimas no pudieron ser privadas de la vida por elementos de la División de Gendarmería ya que estos elementos armados aún no llegaban a Nochixtlán. Si bien las 12 armas de los elementos de la patrulla 1 no coincidieron con los elementos balísticos recuperados de V1 y V3, lo cierto es que se tuvieron evidencias suficientes para acreditar que existieron más policías de la PE portando tanto armas cortas como largas participando en el operativo, por lo que no puede descartarse la posibilidad de que fueran éstos quienes les dispararan y les provocaran la muerte; asimismo, si bien no se contó con los calibres o tipo de armas que utilizaron los pobladores y sólo se sabe que portaban armas largas como “escopetas” y “rifles” y armas cortas como “pistolas” (según los testimonios), tampoco puede descartarse la posibilidad de su participación en los fallecimientos de V1, V2 y V3”.

Las víctimas denunciantes vuelven a poner en un papel de “abogado defensor” a la CNDH, con respecto a los policías, al señalar que el órgano refiere que hubo fuego cruzado, “a pesar que todas las víctimas y caídos fueron personas de la población civil”, sin armas.

Además, la mayor inconformidad de las víctimas es la forma en que “la CNDH no equilibra la fuerza empleada o la fuerza letal de uno y otro bando, derivado de las circunstancias. Por otro, si la forma en la que se empleó dicha fuerza letal fue conforme a los estándares del uso de la fuerza y derechos humanos.

Esto luego que la CNDH asegura que “ el tipo de fuerza letal fue adecuado”. Lo cual especifica en el párrafo 993 de la recomendación. “En este tenor, la Comisión Nacional, al valorar todos los elementos de evidencia recabados durante la investigación y en atención a las circunstancias de violencia del enfrentamiento y presuponiendo que la vida e integridad física no sólo de los policías, sino también de los pobladores se encontraba en inminente riesgo es que considera que el tipo de fuerza letal fue adecuado”.

Dicho sea de paso, la Comisión Nacional de Derecho Humanos en la recomendación referida, exime de responsabilidad al gobierno federal y responsabiliza al gobierno estatal y a la sociedad civil, además, “es omisa respecto al delito de genocidio y al de ejecución extrajudicial de personas y que el gobierno mexicano tiene la responsabilidad de investigar cualquier hecho en el que haya sospecha de ejecuciones extralegales arbitrarias o sumarias”.

“Sabedores que la Comisión Nacional de Derechos Humanos juega un papel de protección a los funcionarios públicos responsables de violación de derechos Humanos, las víctimas del 19 de junio de 2016, presentamos una petición a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos el día 12 de junio de 2017, por medio de la cual acusamos al gobierno mexicano de ejecuciones extrajudiciales en agravio de seis personas indígenas mixtecas en la masacre del 19 de junio de 2016 en Nochixtlán Oaxaca.

Seguiremos en la demanda de justicia y verdad ante organismos internacionales, desconociendo la recomendación de la CNDH”.  Por lo tanto, las víctimas directas e indirectas de la masacre efectuada el 19 de junio de 2016, en el cual se efectuaron ejecuciones extrajudiciales, rechazaron la recomendación emitida por la CNDH “por ser un informe parcial y que juega un papel de defensa hacia los responsables de la masacre del 19 de junio; porque a las víctimas nos convierte en victimarias y a los responsables intelectuales y materiales en víctimas”.

Puntualizaron que no existen, ni existirán intermediarios para dar seguimiento a la investigación y búsqueda de justicia y aclaran que el tema deberá ser retomado directamente con las víctimas.

A su vez declaran que, “las víctimas firmantes no aceptamos la disculpa pública del gobernador, ya que ésta la tiene que dar el Presidente de la República o el Secretario de Gobernación en base a los estándares internacionales y que esperaremos que en su oportunidad la Comisión Interamericana de Derechos Humanos emita su informe de fondo y la Corte Interamericana de Derechos Humanos emita la sentencia respectiva”, expusieron.

Las víctimas del 19 de junio, que firman el documento entregado a este medio, son: Gildardo González Santiago, hermano de Omar González Santiago (ejecutado extrajudicialmente).

Viridiana Diego Cruz, esposa de Anselmo Cruz Aquino (ejecutado extrajudicialmente); Rutilia Santiago Cruz, madre de Oscar Nicolás Santiago (ejecutado extrajudicialmente); Angélica Reyes Cruz, esposa de Silvano Sosa Chávez (ejecutado extrajudicialmente); José Luis Cruz Aquino, hermano de Anselmo Cruz Aquino (ejecutado extrajudicialmente).

Y quienes fueron heridos por arma de fuego: Luis Bautista, Primitivo Bautista, Luis Chávez Eloy Cruz Aquino, Miguelina Méndez Daza, Juana Ramón Solís. Héctor López Rodríguez Gilberto Cruz Aquino, Rene Cruz Flores, Heber Cruz Aquino.

Saúl Cruz Granados, Juan Acevedo García, Rigoberto Noé Domínguez Cruz. Respaldados por el abogado defensor Maurilio Santiago Reyes del Centro de derechos humanos y Asesoría a Pueblos Indígenas A.C.

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