Redacción / @Revolucion3_0
(13 de junio, 2013).- Aunque pospuesto, el debate concerniente a la contrarreforma en materia de derechos humanos revive en la Cámara de Diputados, amenazando los avances alcanzados en esa materia con la reforma publicada el 10 de junio de 2011. De aprobarse, el retroceso autoritario –indiferente ante el compromiso de respetar los derechos de la gente– se concretaría, dejando a la ciudadanía indefensa ante los abusos de autoridad.
El 3 de enero del 2013, los diputados Francisco Arroyo Vieyra –también presidente de la Cámara de Diputados– y Héctor Gutiérrez de la Garza, del grupo parlamentario del Partido Revolucionario Institucional (PRI), propusieron ante la Comisión Permanente del Congreso de la Unión la modificación del segundo párrafo del artículo primero constitucional, lo cual alteraría el espíritu de la reforma de 2011.
Hasta la fecha, el artículo primero constitucional maneja el principio pro persona, lo que significa un “criterio hermenéutico que informa todo el derecho de los derechos humanos, en virtud del cual se debe acudir a la norma más amplia, o a la interpretación más extensiva, cuando se trata de reconocer derechos protegidos e, inversamente, a la norma o a la interpretación más restringida cuando se trata de establecer restricciones permanentes al ejercicio de los derechos o su suspensión extraordinaria”.
La relevancia del principio pro persona radica en afianzar al Estado mexicano como un país con genuina vocación protectora de los derechos humanos, en donde todas sus autoridades se comprometen a observarlos, sin importar si éstos vienen de fuentes nacionales o internacionales.
Artículo l. En los Estados Unidos Mexicanos todas las personas gozarán de los derechos reconocidos en esta Constitución, en los tratados internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte, así como de las garantías para su protección, cuyo ejercicio no podrá restringirse ni suspenderse, salvo en los casos y bajo las condiciones que esta Constitución establece.
Las normas relativas a derechos humanos se interpretarán de conformidad con esta Constitución y con los tratados internacionales de la materia favoreciendo en todo tiempo a la personas la protección más amplia.
Bajo el argumento de eliminar conflictos de interpretación del artículo, los legisladores priistas propusieron agregar una cláusula que especifique que en caso de una contradicción entre la Constitución y algún tratado internacional, la primera tendría preferencia:
De existir una contradicción de principios entre esta Constitución y los Tratados Internacionales de los que México sea parte, deberá prevalecer el texto constitucional, conforme a lo previsto en su artículo 133.
Para los opositores a este cambio, la reforma de 2011 sentó un precedente en cuanto a la apertura al respeto a los derechos humanos del Estado mexicano, por lo que establecer una jerarquía como la propuesta por Arroyo Vieyra, eliminaría lo que se ganó entonces: un esquema de vanguardia, para regresar a uno caduco que impide la integración del Estado con lo internacional y que deja de orientarse al beneficio de las personas; los tratados internacionales regresarían a la función subsidiaria que tenían antes de la reforma y no podrían servir como trampolín de expansión de los derechos humanos.
Desde esta perspectiva, el primer párrafo del artículo primero constitucional no se contradice por el segundo. Al igualar la Constitución con los acuerdos y tratados internacionales firmados por México –segundo párrafo–, se busca que los derechos no se agoten en lo ya estipulado, sino que se incluya una más amplia gama de derechos con el mismo valor que los constitucionales. Se trata de elegir el criterio que brinde mayor protección a las personas y eventualmente, incorporar esos criterios a nivel constitucional.
Por otra parte, la actual legislación protege contra las restricciones o suspensiones de derechos –acotando éstas a las “condiciones explícitamente autorizadas en la Constitución mexicana”–, invalidando el recurso de recurrir a fuentes internacionales para limitar los derechos.
Esto significa que donde los priistas ven una contradicción, lo que realmente ocurre es que un párrafo restringe las limitaciones y el otro promueve el desarrollo de los derechos humanos, por lo que ambos apuntan hacia la misma dirección. La transformación propuesta en la contrarreforma limita la fase de expansión de los derechos.
La reforma de 2011 es “un nuevo paradigma constitucional que coloca estas disposiciones en la cúspide de nuestro sistema jurídico y como pilar indispensable de un régimen democrático”, al impedir que se aprueben modificaciones legislativas que restrinjan los derechos humanos –trascendiendo las restricciones constitucionales explícitas–, por lo que la propuesta de contrarreforma, atenta contra los logros de hace dos años.
Tal y como está redactado ahora, el artículo primero constitucional establece “la progresividad de los derechos humanos”, protegiendo así de actos regresivos, ya sean administrativos o legislativos. Subyugar los tratados internacionales a lo establecido en la Constitución, impediría el avance, la renovación y el fortalecimiento en derechos humanos.
Los acuerdos y tratados internacionales, poco a poco “comprometieron al Estado mexicano a respetar los instrumentos de derechos humanos y a generar un marco legal acorde con ellos”.
Los Ejecutivos, locales y federales, tienen la obligación de prevenir y sancionar las violaciones a los derechos humanos.
Es labor del Poder Legislativo armonizar los tratados, acuerdos, convenciones y recomendaciones aceptadas por México, con el sistema normativo interno. La idea de la reforma es que las leyes mexicanas vayan progresando de acuerdo con los estándares internacionales de respeto a los derechos humanos que el país suscriba.
En la reforma de 2011, tanto el poder ejecutivo, como el legislativo y el judicial, se comprometieron a “proteger, respetar, promover y garantizar los derechos humanos, bajo los principios de interdependencia, universalidad, indivisibilidad y progresividad”.
Por estos motivos, la contrarreforma fue rechazada en marzo de este año con un dictamen en su contra. Sin embargo, se pretende que el dictamen a favor del cambio vuelva a ser discutido y votado en la Comisión de Puntos Constitucionales, para su eventual aprobación.


