Corte asesta otro revés millonario a Elektra: deberá pagar 2 mil millones de pesos por ISR de 2010

El Pleno de la SCJN negó el amparo por mayoría de 8–3 y dejó firme el crédito fiscal de 2 mil 4 millones 761 mil 834 pesos que Elektra deberá cubrir por ISR del ejercicio 2010.

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió este jueves un segundo juicio fiscal contra Grupo Elektra, al negar por mayoría de votos (8–3) el amparo promovido por la empresa para evitar el pago de 2 mil millones 761 mil 834 pesos, monto que incluye actualizaciones, recargos y multas derivados del Impuesto Sobre la Renta (ISR) del ejercicio fiscal de 2010.

Con esta decisión, el Pleno confirmó la sentencia previamente emitida por un tribunal colegiado y dejó firme la postura del SAT: Elektra sí estaba obligada a reintegrar las pérdidas por enajenación de acciones, tal como lo establecía el marco normativo del régimen de consolidación fiscal.

Un segundo fallo consecutivo: la Corte valida que Elektra sí debía pagar

El caso se originó por el mismo patrón identificado en el juicio fiscal mayor: pérdidas que la empresa pretendía deducir de manera definitiva, pese a que la legislación transitoria de la Ley del ISR obligaba a revertirlas al concluir el régimen de consolidación.

El planteamiento del SAT fue claro: al no reintegrar esas pérdidas a su base gravable, Elektra redujo indebidamente el impuesto correspondiente al ejercicio fiscal de 2010.
Hoy, el Pleno de la Corte confirmó esa interpretación.

La votación 8–3 muestra que el bloque mayoritario coincidió en que la empresa no cumplió con la mecánica prevista por la ley, lo que hace procedente el crédito fiscal originalmente determinado en 1,603 millones de pesos, hoy incrementado a 2,004 millones 761 mil 834 pesos debido al paso del tiempo y a los litigios interpuestos.

Un revés que se suma a otro de 33 mil millones de pesos

Este fallo se emite apenas horas después de que la SCJN resolviera el juicio fiscal más cuantioso en contra de la misma empresa, obligándola a pagar 33 mil 306 millones 576 mil 349 pesos por ISR del ejercicio fiscal de 2013.

Ambas resoluciones tienen un elemento en común: la Corte coincidió en que los mecanismos de consolidación fiscal utilizados por Elektra no cumplían con los criterios que la ley exigía, por lo que las pérdidas aplicadas debían reintegrarse en su totalidad.

El conjunto de fallos representa una doble victoria jurídica para el SAT y un golpe directo a la estrategia legal de Grupo Salinas, que defendió por años la definitividad de esas deducciones.

Régimen de consolidación fiscal: el corazón del conflicto

El régimen permitió históricamente que los grupos empresariales consolidaran resultados de sus distintas filiales y aplicaran pérdidas entre sí. Sin embargo, al modificarse la ley y concluir el régimen en 2013, las empresas debían revertir las pérdidas aplicadas previamente, conforme a reglas específicas y plazos claros.

La disputa de Elektra consistió en sostener que esas pérdidas debían considerarse definitivas, tesis que la Corte terminó rechazando tanto en el primer fallo como en este segundo.

La resolución de hoy marca un precedente firme: la consolidación fiscal no eximía a los grupos de reintegrar pérdidas cuando así lo ordenaban las leyes transitorias.

Un mensaje jurídico: la Corte cierra filas y rechaza interpretaciones flexibles

El voto mayoritario envía una señal clara: los criterios fiscales aplicables al régimen de consolidación serán interpretados de forma estricta y conforme a los mandatos legales, no a lecturas alternativas presentadas por los contribuyentes.

Además, el fallo fortalece la posición institucional del SAT, que durante más de una década defendió la legalidad de estos créditos fiscales frente a una estrategia de litigio que incluyó decenas de recursos en múltiples expedientes.

Con este segundo revés, Elektra deberá ahora enfrentar dos obligaciones fiscales que, en conjunto, superan los 35 mil millones de pesos, reconfigurando uno de los litigios más relevantes entre la autoridad tributaria y un grupo empresarial en los últimos años.

SCJN da un revés a Grupo Elektra; la resolución allana el terreno para que Hacienda cobre el crédito fiscal

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