La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) se encamina a tomar una decisión que podría marcar un antes y un después en el alcance de la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF): permitirle mantener intacta su facultad para acceder, revisar y analizar información financiera y patrimonial sin que ello sea frenado por recursos legales como el promovido por el empresario Ricardo Salinas Pliego.
El caso, que será discutido el próximo 9 de abril, gira en torno a un proyecto que propone desechar el amparo en revisión impulsado por el dueño de Grupo Salinas, lo que dejaría sin efecto el intento de bloquear la revisión de sus datos financieros.
La llave que abre la UIF
De aprobarse el proyecto del ministro Giovanni Figueroa Mejía, la UIF podrá continuar con el análisis de información bancaria correspondiente a un periodo de hasta 10 años, misma que fue solicitada a la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV) desde diciembre de 2021.
Esta solicitud no fue aislada: también incluyó a otros 78 empresarios, todos mencionados en la filtración internacional conocida como Pandora Papers, que expuso estructuras offshore vinculadas con posibles esquemas de evasión fiscal y lavado de dinero.
El proyecto plantea algo clave: el amparo concedido en agosto de 2022 por el juez federal Gabriel Regis López debe ser revocado, no por entrar al fondo del asunto, sino porque el empresario no tendría interés jurídico suficiente para impugnar una solicitud de información que, en sí misma, no genera una afectación directa.
“Nos encontramos ante un acto que no afecta de manera real la esfera jurídica del quejoso, pues únicamente constituye una comunicación inicial entre autoridades con el objeto de remitir información, misma que será analizada por la UIF conforme a sus facultades legales”, señala el documento.
Sin daño inmediato, sin amparo
El argumento central del proyecto es directo: la solicitud de información no implica sanciones, bloqueos de cuentas ni consecuencias inmediatas, por lo que no modifica la situación jurídica del empresario.
Incluso, el hecho de que Salinas Pliego se haya enterado de la solicitud mediante una filtración periodística no constituye un perjuicio legal actual, lo que refuerza la improcedencia del recurso.
Además, el proyecto evita pronunciarse sobre la constitucionalidad de los artículos impugnados por el empresario —los cuales permiten a las autoridades acceder a información financiera—, por lo que estas disposiciones seguirían vigentes y plenamente operativas.
Tres años de litigio y maniobras legales
El expediente, identificado como amparo en revisión 492/2023, ha permanecido casi tres años en la Corte, marcado por distintos recursos legales promovidos por la defensa del empresario.
Uno de los episodios más recientes ocurrió el pasado 12 de marzo, cuando la entonces segunda sala determinó que la ministra Lenia Batres debía quedar fuera del caso, debido a comentarios previos que podrían comprometer su imparcialidad.
Más recientemente, el 17 de marzo, la Corte notificó al empresario sobre la posible improcedencia del amparo. En respuesta, su abogado, Arvin Aguilar Villela, presentó argumentos en contra de esa determinación, solicitando además que el ministro responda puntualmente a sus planteamientos y que el documento sea distribuido entre todos los integrantes del pleno.
Un contexto que pesa: miles de millones en juego
El caso no ocurre en el vacío. En lo que va del año, la SCJN ha resuelto nueve juicios fiscales vinculados con Grupo Salinas, todos con resultados adversos para el conglomerado empresarial.
Estas resoluciones han confirmado créditos fiscales por casi 49 mil millones de pesos, lo que coloca el litigio actual en un escenario donde el escrutinio sobre las finanzas del grupo cobra mayor relevancia.


