Con con 474 votos a favor, los diputados aprobaron la extinción de dominio en casos de huachicoleo.
Según el acuerdo, este recurso será procedente en casos “relacionados con las investigaciones de hechos de corrupción, encubrimiento, delitos cometidos por servidores públicos, delincuencia organizada, robo de vehículos, recursos de procedencia ilícita, delitos contra la salud, secuestro, extorsión, trata de personas y delitos en materia de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos”.
Hasta hoy, la actual redacción del artículo contempla que la extinción de dominio procederá en los casos de delincuencia organizada, delitos contra la salud, secuestro, robo de vehículos, trata de personas y enriquecimiento ilícito. Este dictamen modifica el segundo párrafo del artículo 22 Constitucional y le agrega un tercer, cuarto y quinto párrafo.
La acción de extinción de dominio “se ejercitará por el Ministerio Público, a través de un procedimiento jurisdiccional de naturaleza civil y autónomo del penal”, y serán “las autoridades competentes de los distintos órdenes de gobierno le prestarán auxilio en el cumplimiento de esta función”, explicaron los legisladores.
La diputada de Morena y presidenta de la Comisión de Puntos Constitucionales, Miroslava Carrillo Martínez aseguró que estas reformas “son medidas urgentes para fortalecer el combate inteligente contra el crimen organizado y los hechos de corrupción, como base estratégica de seguridad pública y procuración de justicia”.
El documento fue turnado a los Congresos locales para su análisis y eventual ratificación.


