En una decisión que marca un punto de inflexión para el comercio exterior, el gobierno de los Estados Unidos anunció la terminación inmediata de los derechos ad valorem adicionales impuestos bajo la Ley de Poderes Económicos de Emergencia Internacional (IEEPA). Esta medida pone fin a una serie de gravámenes que afectaron significativamente la dinámica de comercia internacional desde 2025.
La orden establece que las tarifas adicionales aplicadas mediante diversas Órdenes Ejecutivas (incluyendo la 14194, que impuso aranceles del 25 por ciento a productos de México y Canadá) dejarán de estar en vigor y, tan pronto como sea posible, dejarán de cobrarse en las aduanas estadounidenses.
Para México, el principal socio comercial de EE. UU., esta noticia representa un beneficio directo en sectores clave como el automotriz, manufacturero y agroindustrial.
La eliminación de estos sobrecostos devuelve la competitividad a miles de empresas que operan bajo el marco del T-MEC, permitiendo un flujo comercial más ágil y económico hacia el mercado estadounidense.
Productos mexicanos incluidos en el T-MEC quedan fuera de nuevos aranceles
Asimismo, los bienes y productos de México y Canadá incluidos en el T-MEC quedaron exentos del nuevo arancel de 10 por ciento impuesto por el presidente Donald Trump a las importaciones de todos los países hacia Estados Unidos.
Así lo dio a conocer la Casa Blanca a través de un comunicado luego de que el mandatario estadounidense anunciara el nuevo gravamen tras el freno que la Corte Suprema de Estados Unidos puso sobre los aranceles globales vigentes desde el año pasado.
El nuevo arancel general estará vigente por 150 días y entrará en vigor el 24 de febrero a las 12:01 a. m., hora estándar del este.
De acuerdo a la Casa Blanca, algunos bienes no estarán sujetos al derecho de importación temporal debido a las necesidades de la economía estadounidense o para garantizar que el derecho aborde de manera más efectiva los problemas fundamentales de pagos internacionales que enfrenta Estados Unidos.
Minerales críticos y recursos naturales no estarán sujetos a aranceles
Estos bienes incluyen:
- Ciertos minerales críticos, metales utilizados en moneda y lingotes, energía y productos energéticos
- Recursos naturales y fertilizantes que no pueden cultivarse, extraerse o producirse de otro modo en los Estados Unidos o que no pueden cultivarse, extraerse o producirse de otro modo en cantidades suficientes para satisfacer la demanda interna
- Ciertos productos agrícolas, incluidos la carne de vacuno, los tomates y las naranjas
- Productos farmacéuticos e ingredientes farmacéuticos
- Ciertos aparatos electrónicos
- Vehículos de pasajeros, ciertos camiones ligeros, ciertos vehículos medianos y pesados, autobuses y ciertas partes de vehículos de pasajeros, camiones ligeros, vehículos pesados y autobuses
- Ciertos productos aeroespaciales
Además de dichos productos, otras mercancías que no estarán sujetas al derecho de importación temporal son aquellos artículos y partes de artículos que actualmente están o en el futuro estarán sujetos a acciones de la sección 232, así como los bienes de Canadá y México que cumplen con el T-MEC.
Asimismo, quedarán exentos los artículos textiles y prendas de vestir que ingresan libres de aranceles como mercancía de Costa Rica, República Dominicana, El Salvador, Guatemala, Honduras o Nicaragua bajo el Tratado de Libre Comercio República Dominicana-Centroamérica.

