El pleno del Congreso mexiquense aprobó una nueva Ley de Salud del Estado de México. El ordenamiento, compuesto por 307 artículos, sustituye la regulación que desde 2001 se encontraba dispersa en el Código Administrativo, devolviendo a la materia sanitaria un marco jurídico autónomo, moderno y específico.
Esta legislación no solo actualiza las normas sanitarias, sino que eleva a rango de ley derechos progresistas y regula con rigor servicios que operaban en vacíos legales.
Por primera vez en la historia mexiquense, la ley garantiza el derecho a la interrupción legal del embarazo (ILE). A través del capítulo 10, se establece como un procedimiento médico, farmacológico o quirúrgico que las instituciones públicas deberán realizar de forma gratuita, segura y con personal capacitado.
Así, la Secretaría de Salud estatal queda obligada a brindar consejería médica y psicológica imparcial, basada en evidencia científica, asegurando condiciones higiénicas que minimicen riesgos para las mujeres.
Asimismo, la ley destaca por su enfoque inclusivo al reconocer formalmente las tradiciones de las comunidades indígenas y garantizar el acceso a la salud sin discriminación para la comunidad LGBTTQ+.
Además, se apuesta por asegurar servicios gratuitos incluso para quienes no cuentan con seguridad social.
Regulación estricta: Ambulancias, farmacias y anexos
La nueva normativa pone orden en servicios críticos que afectaban directamente el bolsillo y la seguridad de los ciudadanos.
Los consultorios adyacentes a farmacias ahora deberán estar a cargo exclusivamente de médicos titulados (prohibiendo que pasantes asuman la responsabilidad total) y serán sujetos a inspecciones continuas.
En cuanto a las ambulancias, se regulan tanto las unidades de urgencias como las de traslado para evitar abusos y garantizar estándares de calidad.
Los centros de adicciones, llamados “anexos” o centros de rehabilitación, tendrán una supervisión sanitaria más rígida para prevenir maltratos y asegurar protocolos de salud.
Seguridad sanitaria y vigilancia epidemiológica
Tras las lecciones de crisis sanitarias pasadas, la ley fortalece al Centro Estatal de Vigilancia Epidemiológica, dotándolo de facultades para emitir alertas tempranas y gestionar bases de datos de morbilidad y mortalidad en tiempo real.
Además, se crea el Comité Estatal de Seguridad en Salud, el cual fungirá como el órgano de mando para coordinar respuestas ante:
- Desastres naturales.
- Brotes epidémicos.
- Riesgos químicos o biológicos.
La legislación también define con claridad los alcances de organismos especializados como el Centro Estatal de Trasplantes y el Banco de Tejidos, fundamentales para la investigación y el sistema de donación en la entidad.
Con la aprobación de este dictamen, se han establecido artículos transitorios que otorgan un plazo de 180 días para que las autoridades actualicen todas las normas reglamentarias y reglamentos de salubridad conforme al nuevo decreto.
Con esto, el Estado de México busca transitar hacia un modelo de salud integral que abarque desde la prevención hasta los cuidados paliativos y la rehabilitación.


