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Estos son los sueldos de funcionarios a partir del 2019

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La Secretaría de la Función Pública (SFP)  público la lista oficial de salarios a funcionarios públicos, en la que ajustó el tabulador salarial de la Administración Pública para que a partir del 1 de enero ningún funcionario gane más que el Presidente de la República.

De acuerdo con los ajustes, los altos mandos tienen reducciones salariales de hasta 40 por ciento, mientras que los servidores públicos que menos ganan como los que ocupan puestos de subdirección, Jefatura de Departamento y Enlace tendrán, en algunos casos, aumentos en sus ingresos.

El tabulador salarial establece que el salario más alto deberá ser  de 155 mil 835 pesos, cantidad que ganará el Presidente de México de manera mensual.

Los Secretarios de Estado, ganarán u  torañ 154 mil 365 pesos mensuales.

Los subsecretarios y los jefes de Unidad tendrán un salario de entre 139 mil 663 y 153 mil 140 pesos.

Los directores generales y los directores generales adjuntos cobrarán entre 91 mil 884 y 122 mil 512 pesos.

En tanto, los jefes de Departamento, los subdirectores de Área y los directores de Área percibirán entre 21 mil 597 y 78 mil 407 pesos.

Los salarios más bajos serán para quienes se desempeñen como enlaces, quienes percibirán entre 12 mil 62 y 19 mil 484 pesos.

El nuevo tabulador de salarios será de aplicación obligatoria en la Administración Pública Federal a partir del 1 de enero de 2019.

Por otro lado, la nueva distribución   establece que las disposiciones son aplicables para las dependencias señaladas e incluyen a sus órganos administrativos desconcentrados.

En el caso de la prima vacacional y las prestaciones económicas deberán calcularse y otorgarse en razón a lo estipulado en el Manual de Percepciones de los Servidores Públicos de las Dependencias y Entidades de la Administración Pública Federal.

Asimismo, la SFP establece que para el pago de las aportaciones a favor del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, del Fondo la Vivienda del ISSSTE, del Sistema de Ahorro para el Retiro, y del Seguro de Cesantía en edad avanzada y vejez, se considerará como cálculo el sueldo base bruto que se cubra con cargo a la partida 11301.

 

Con información de Reforma

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