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Hilda López, la joven que podría ir a la cárcel por abortar

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Natalia Antezana Bosques /@Natalia3_0

 

(04 de agosto, 2013).- Los magistrados de la 5ª Sala  Mixta del Supremo Tribunal de Justicia de San Luis Potosí decidirán en 15 días si Hilda merece ir a la cárcel por abortar, a pesar de que no se ha demostrado que el aborto haya sido inducido, y que la única prueba que se tiene en su contra es un testimonio de la joven a la doctora que se negaba a atenderla si no confesaba.

Hace 4 años, Hilda Bellanira López de la Cruz, una joven de 18 años en ese entonces acudió al hospital Básico de Tamuín –San Luís Potosí-  tras sufrir un aborto espontáneo. Fue denunciada ante el Ministerio Público por aborto y pasó la noche en una celda. La liberaron por falta de pruebas, no obstante su nombre salió en las primeras planas de la prensa local como “asesina”, según información publicada en el semanario Proceso.

Tres años después, la joven fue detenida nuevamente y tuvo que pagar una multa de 3 mil pesos y el pasado 5 de abril el juez Miguel Ángel Ramiro Ríaz la condenó a un año de cárcel y una multa de mil pesos.

Los abogados de la joven apelaron la decisión, para que el caso sea revisado por una instancia superior  y confían en que los magistrados Carlos Alejandro Robledo Zapata y Guadalupe Orozco Santiago den un veredicto realmente justo.

En 17 estados del país, entre esos San Luís Potosí,  existe una ley antiaborto. Sólo en 29 entidades se puede abortar si la vida de la madre corre peligro y, en caso de presentar un grave daño a la salud, sólo en 11 estados se puede abortar.

Únicamente en el Distrito Federal se ha despenalizado la interrupción del embarazo, siempre y cuando se realice antes de las 12 semanas de gestación. La ley es vigente desde el año 2007.

El sociólogo especializado en religión Bernardo Barranco Villafán dijo a REVOLUCIÓN TRESPUNTOCERO que existen elementos suficientes para sostener que la jerarquía católica aspira a un posicionamiento mayor en los ámbitos público, educativo, político y mediático en el país, y un claro ejemplo de ello son los estados que están “blindados contra el aborto”.

Esta realidad la enfrentan muchas mujeres en el mundo. Y con estos ejemplos se viene a la mente el caso de Beatriz –nombre ficticio-, la joven salvadoreña de 22 años que pedía que se le practicara un aborto para poder salvar su propia vida. Beatriz padece lupus y una deficiencia renal, además el bebé era anencefálico, es decir que no tenía cerebro.

No obstante, la Corte Suprema de El Salvador rechazó la solicitud de aborto de la joven por considerar que los derechos de la madre no pueden privilegiarse sobre los del nasciturus (el que ha de nacer) ni viceversa.

La Corte Interamericana de Derechos Humanos tuvo que pedir al Estado salvadoreño que protegiera la vida de la joven, y fue únicamente así que se realizó una cesárea con parto inducido, puesto que se había superado el periodo en el que se considera aborto.

La Organización Mundial de la Salud (OMS) señaló que se pueden evitar muchas muertes de mujeres si el aborto se practica de manera segura y legal. El 41 por ciento de los embarazos son no deseados, por lo tanto se estima que se practican 22 millones de abortos de manera insegura al año, que provocan la muerte de al menos 47 mil mujeres y complicaciones en aproximadamente 5 millones.

El 40 por ciento de las mujeres en el mundo viven en países donde las leyes con respecto a la interrupción del embarazo son muy restrictivas o donde el procedimiento es poco accesible o no se encuentra disponible en el sector salud. Sólo el 16 por ciento de los países en “vías de desarrollo” tiene una legislación que permite la interrupción del embarazo.

La OMS informa que en América Latina y el Caribe cada año se practican 3 millones 700 mil abortos en condiciones de alto riesgo. La tasa de abortos varía entre 34 por cada mil mujeres en Sudamérica, 21 en Centroamérica y 12 en la región del Caribe.

En el caso de Brasil, se publicó una ley en la que garantiza que las víctimas de violación obtengan atención médica y psicológica en el sistema de salud público, además de la administración de la píldora del día siguiente, para evitar embarazos no deseado. No obstante la oposición católica se ha manifestado en contra de dicha medida por considerar que el nuevo texto publicado puede incentivar la práctica del aborto.

La interrupción del embarazo está tipificada como crimen por el código penal del país sudamericano y desde el año 2012 sólo se permite en caso de violación, riesgo para la madre o que el feto no tenga cerebro.

La interrupción del embarazo es legal en Cuba, Puerto Rico, Guyana, la Ciudad de México y Uruguay.  En Argentina  y Colombia –con sus pequeñas variantes entre las leyes de cada país–, con excepción en los casos de violaciones, de riesgo de vida de la mujer y en caso de personas con discapacidades o deficiencias, el aborto es considerado delito penal.

En Paraguay, Venezuela y Ecuador se permite sólo si corre peligro la vida de la madre; asimismo, en Perú, no obstante las leyes penales son más duras en este último país. En Bolivia se permite, previa autorización penal, la interrupción del embarazo en casos de violación, rapto no seguido de matrimonio, incesto o cuando la vida de la mujer está en peligro.

En Chile, Suriman, El Salvador, Haití, Honduras, Nicaragua y República Dominicana, está penado el aborto en cualquier circunstancia.

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