En plena crisis energética mundial, la transnacional Iberdrola continúa en el ojo del huracán, no solo por los abusos que está cometiendo contra la población española, sino además por las irregularidades con las que ha operado en México desde hace años, gracias a los permisos y ayuda de gobiernos anteriores.
Ahora, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) multó a la filial de dicha empresa en Monterrey, por vender energía a supuestos “socios” que en realidad no figuraban originalmente en el permiso de autoabastecimiento.
La multa es de 9 mil 145 millones de pesos, siendo el monto más alto que se ha estipulado en el sector energético mexicano, y el segundo en la historia de la regulación a privados solo después de la sanción que, en abril de 2011, la Comisión Federal de Competencia impuso a Telcel, por 11 mil 989 millones de pesos, debido a la reincidencia en prácticas monopólicas.
La resolución de la CRE señala que Iberdrola violó la Ley de Servicio Público de Energía Eléctrica (LSPEE), la cual determina, con respecto al autoabasto, que “los titulares de los permisos no cuentan con la atribución para vender, revender o por cualquier acto jurídico enajenar capacidad o energía eléctrica”.
De esta manera, Iberdrola habría incurrido en actos tipificados como causales de sanción por el artículo 40 de dicha ley, además de incumplir el artículo 36, donde establece que “no se debe vender energía eléctrica a terceras personas físicas o morales que no fueren socios de la misma”.
Pero llegar a esta sanción no fue de un día para otro. La cronología del proceso, a grandes rasgos, ha sido la siguiente: La investigación fue solicitada por la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en septiembre de 2020 y arrancó en noviembre de ese mismo año, obteniendo una serie de datos y documentos que sustentan la imputación.
El 28 de enero de 2022 se dio inicio al procedimiento administrativo de sanción. Tres días después, se le notificó personalmente a Iberdrola y, el 21 de febrero del mismo año, se recibieron las manifestaciones y pruebas ofrecidas por la transnacional.
Cabe mencionar que, ya desde 2004, el Informe de Revisión y Fiscalización Superior de la Cuenta Pública, realizado por la Auditoría Superior de la Federación, advertía lo siguiente:
“Su finalidad no es el autoconsumo sino el negocio eléctrico. La recuperación de la inversión no se efectúa con el ahorro en la factura eléctrica sino con el pago que Ie hacen los supuestos socios por la electricidad suministrada”.
Aunque la resolución de la CRE no menciona a estos falsos “socios” de la generadora española, la agencia Reuters ya había identificado a algunas de las empresas que se beneficiaban de esta simulación de “autoabasto”.


