“Interés personal de los demandantes no se puede sobreponer al de la sociedad en general”; juez rechaza ordenar importación de vacunas para uso particular

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Un juez federal determinó otorgar una suspensión provisional a tres particulares que buscaban adquirir el permiso para importar y lucrar con las vacunas anticovid-19.

Las peticiones fueron realizadas por el abogado José Alejandro Luna Fandiño, hijo del ex presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), Alejandro Luna Ramos, Gloria Fandiño Cárdenas y Alessandra Do Amaral.

En la demanda de garantías, cuestionan la constitucionalidad del artículo 132 del reglamento de Insumos para la salud, el cual permite la importación y/o medicamentos para uso personal.

También señalan que no han recibido respuesta a la solicitud que presentaron el 22 de enero, para obtener un permiso de importación “para uso personal e independiente, dirigida a la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris).

Juez rechaza solicitud

El secretario en funciones de juez, del juzgado Cuarto de Distrito en Materia Administrativa argumentó que el “interés personal de los demandantes no se puede sobreponer al de la sociedad en general”.

Además, consideró que de otorgar la medida cautelar solicitada equivaldría otorgar un beneficio a dichas empresas, y a su vez a terceros del sector privado.

“Resulta improcedente el otorgamiento de la suspensión en los términos solicitados, pues ello se traduciría en una variación en la ejecución de la Política Nacional de Vacunación, que obligaría a la autoridad a que modifique o paralice los esquemas previamente establecidos para inocular a las personas que insten el juicio de amparo, como los demandantes” sentenció.

 

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