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La justicia en México: entre violaciones al debido proceso penal y el indulto presidencial

Por Ivonne Acuña Murillo

(27 de enero, 2014).- Cuando en un país como México – donde la corrupción a todos los niveles es una constante- se habla de justicia, resulta necesario reflexionar sobre las maneras en que ésta se aplica. En primer lugar hay que partir de afirmar que la forma de concebir a la justicia depende del sentido de lo que en cada momento y lugar se tenga acerca de las normas jurídicas. En segundo lugar, reconocer que la justicia es un valor cuyo reconocimiento y lugar es determinado por la sociedad en función del papel que ésta desempeña en el mantenimiento de la cohesión y la armonía social y como una fuente de legitimidad para los gobernantes.

Teóricamente hablando, la justicia consiste en dar a cada quien lo que corresponde o pertenece y se relaciona con el derecho, la razón y la equidad.

En el caso concreto de México, la idea de justicia adquiere un carácter contradictorio toda vez que aunque en materia de derecho las leyes se han caracterizado por estar a la vanguardia en materia de garantías individuales, en lo que corresponde a la administración de la justicia no siempre se ha obrado con razón y equidad.

Los ejemplos abundan, hombres y mujeres que han sido juzgados con demasiado rigor a diferencia de otros a quienes se favorece violando el principio de equidad, o que han sido encarcelados sin darles la oportunidad de una defensa apropiada a partir de una serie de anomalías que distorsionan el “debido proceso legal”, entendido éste último como “el conjunto de condiciones y requisitos de carácter jurídico y procesal que son necesarios para poder afectar legalmente los derechos de los gobernados”.

El caso más reciente es el de la señora Esperanza Reyes Aguillón, quien fue condenada a 5 años de prisión por pagar una libreta escolar con un billete falso de cien pesos y sin que se la haya dado la oportunidad de demostrar adecuadamente su inocencia.

A través de la Barra Mexicana de Abogados, el Colegio de Abogados, la Fundación Barra Mexicana, y  la Fundación Renace, Esperanza pide a Enrique Peña Nieto le conceda el indulto para que pueda por fin reunirse con su hija de 10 años y su hijo de 7, mismos que quedaron desamparados 2 años antes cuando ella fuera enviada al penal de las Islas Marías.

Tanto la condena de la que fue objeto como el hecho de verse en la necesidad de pedir un indulto al jefe del ejecutivo federal merecen una reflexión más cuidadosa por parte de quien observa estos hechos no sin cierta indignación al conocer la severa condena dictada a Esperanza por el uso de un billete falso de 100 pesos y su reclusión en el penal de las Islas Marías violando no sólo su derecho a una defensa justa sino el derecho de su hija e hijo a ser protegidos.

Se podría argumentar que lo que se castigó aquí no fue el valor del billete sino el delito de traficar con moneda falsa; sin embargo, su situación bien recuerda el caso recogido por Víctor Hugo, el gran político, poeta y escritor francés, en su conocida obra Los Miserables, publicada en 1862, en la que Jean Valjean, el personaje central, es condenado, también, a 5 años de prisión –los cuales se extienden a 19 por sus intentos de fuga- por robarse una hogazas de pan para mitigar el hambre de los 7 pequeños hijos de su hermana viuda. En la obra de Víctor Hugo destaca la manera en que se castiga la miseria sin que medie piedad alguna, actitud encarnada por Javert, el inspector incorruptible que debe cumplir con su deber a costa de lo que sea, sin importar el sufrimiento de los perseguidos o las razones de su “delito”.

Por supuesto, en el caso de Esperanza no se cumplen dos de los supuestos manejados por Víctor Hugo, ya que ella afirma no haber tenido conocimiento de que el billete era falso, por lo que en teoría no era consciente de estar cometiendo un delito como si lo fue Jean Valjean, ni puede compararse la rectitud de Javert, a pesar de su falta de empatía hacía los otros menos favorecidos, con el tratamiento inequitativo dado a Esperanza.

Más allá de la posible relación entre el ejemplo literario del siglo XIX francés y lo vivido por Esperanza, en México, en pleno siglo XXI, amerita preguntarse: ¿Por qué su caso sale a la luz pública después de dos años de haber sido condenada? ¿Por qué no se buscó, con el apoyo de los mismos abogados, que se rehiciera el proceso argumentando las anomalías cometidas durante el juicio que la llevó a las Islas Marías? ¿Por qué hacerla pedir a Enrique Peña Nieto el indulto antes de agotar otras instancias? ¿Cuántos casos como el de Esperanza existen y por qué sólo el de ella vio la luz pública? ¿En qué se parece su caso al del profesor tzotzil Alberto Patishtán a quién se le negó la oportunidad de salir libre después de probar las violaciones al debido proceso legal y a quien también se le ofreció la posibilidad de apelar al indulto presidencial? ¿En qué se diferencian el caso de Esperanza Reyes y el de Alberto Patishtán del caso Florence Cassez?

No hay respuestas contundentes a las preguntas arriba formuladas pero si la opción de plantear algunas hipótesis al respecto:

Primera, la mala administración de la justicia en México conlleva que, en muchos, muchísimos casos, sea negado el derecho a la presunción de inocencia y al debido proceso legal.

Segunda, la mala aplicación de la justicia en México supone la necesaria intervención del Poder Ejecutivo Federal para, a través del indulto, corregir parcialmente los errores cometidos por el Poder Judicial.

Tercera, el indulto permite a quien “lo otorga”, en este caso Enrique Peña Nieto, vestir la túnica de la justicia con la intención de beneficiar a personas perjudicadas por un deficiente, por decir lo menos, proceso legal.

Cuarta, el otorgamiento del indulto, en casos emblemáticos como el de Patishtán o con un alto contenido sentimental – una madre separada de sus hijos por una injusticia-, como el de Esperanza, da a quien lo otorga, de nuevo Enrique Peña Nieto, una oportunidad de oro para reforzar la legitimidad cuestionada en algún momento de su administración.

Quinta, la diferencia entre los casos de Reyes y Patishtán, en los que no se otorga la libertad sino el indulto, y de Cassez en el que se ordena libertad inmediata por violación al debido proceso y no mediante un indulto presidencial, radica en el receptor y la intención del mensaje. En los dos primeros asuntos, el mensaje es para una población desencantada con el mal desempeño de los políticos y sus promesas incumplidas y tiene como propósito principal revivir la idea popular según la cual “el presidente lo puede todo cuando de ayudar a los menos favorecidos se trata”, además de reforzar su imagen como alguien consciente y preocupado por las necesidades de un pueblo golpeado por la injusticia y las malas acciones de miembros de otro de los poderes de la unión.

El tema Cassez, por otro lado, lleva un mensaje al exterior, Francia en particular, sobre la correcta aplicación de la justicia en caso de ciudadanos de otros países, aunque se haya realizado en una segunda instancia, la Suprema Corte de Justicia de la Nación.

En ésta situación el indulto hubiera significado un desdoro para Peña Nieto, dadas las fundadas sospechas en contra de la ciudadana francesa por su participación en el delito de secuestro.

 Sexta, la administración de la justicia en México no siempre es un asunto de valores morales ni de estricta aplicación de la ley, sino una cuestión política que se maneja de acuerdo a los tiempos y necesidades de quien la aplica, o en su defecto gobierna.

Una conclusión final que no se deriva de las preguntas planteadas y por tanto no es una hipótesis sino una vergonzosa realidad es aquella que lleva a sostener que la justicia en México se aplica de manera diferenciada de acuerdo con la edad, el sexo, la educación, la etnia, los recursos económicos y las influencias con que cuenta quien tiene la desgracia de caer en algún circuito “legal”.

Lo cual, y aquí sí la última hipótesis, dota a quien gobierna de una fuente inagotable de casos que presentar a la opinión pública cuando la legitimidad va a la baja o se quiere reforzar, no sin antes videograbar a la víctima de una injusticia suplicando por el indulto presidencial.  Acciones todas que no se encaminan a mejorar la administración y aplicación de la justicia sino a hacer un uso político de sus deficiencias.

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