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La SCJN declara constitucional la aplicación de fotomultas, en la CDMX y revoca amparo otorgado a un particular

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La Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró constitucional la aplicación de fotomultas por infracciones de tránsito en la Ciudad de México. Cabe señalar que este mecanismo entró en funciones desde el 15 de diciembre de 2015, fundamentalmente para sancionar faltas como circular a exceso de velocidad, no respetar los semáforos o invadir pasos peatonales, se argumentó.

Ministros de la Segunda Sala de la SCJN determinaron por mayoría de votos revocar el amparo otorgado en diciembre de 2016 a Víctor Manuel López Balbuena por el juez federal Fernando Silva García, luego de que el juzgador declaró inconstitucionales cinco artículos del Reglamento de Tránsito de la Ciudad de México por considerar que violan el derecho humano de audiencia previa, informó Excélsior.

La SCJN resolvió que “la imposición de sanciones por infracciones al Reglamento de Tránsito, a través del Sistema Integral de Fotomultas, no vulnera la garantía de audiencia previa”.

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