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La transparencia de Peña Nieto: INAI decide guardar bajo llave investigación sobre Tlatlaya por dos años

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(24 de junio, 2015).- El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos (INAI), determinó, por mayoría de 4 voto a favor y 3 en contra, reservar por dos años el expediente de la averiguación en torno al caso Tlatlaya, en el que 22 civiles fueron ejecutados por militares, quienes incurrieron en claras violaciones a los derechos humanos. Anteriormente la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) había decidido reservar las averiguación previa por un periodo de 12 años.

Los comisionados que votaron a favor: Francisco Javier Acuña, Ximena Puente, Rosendoevgueni Monterrey y Patricia Kurczyn, desecharon aplicar la excepción de reserva, empleada en casos donde existen violaciones a los derechos humanos, ya que aseguraron, los delitos imputados a los elementos castrenses, competen únicamente al orden militar.

“No puede actualizarse la causal de excepción en tanto que los delitos que se juzgan en la Causa Penal número 338/14 son del orden castrense como la desobediencia e infracción de deberes militares, cuyo bien jurídico tutelado es la disciplina militar”, argumentó Francisco Javier Acuña,  refiriendo también que la averiguación sobre las violaciones a los derechos humanos de los civiles ejecutados extrajudicialmente, está a cargo de la Procuraduría General de la República (PGR), dependencia que a su vez consignó el caso ante un juez civil.

Los comisionados que votaron en contra de la resolución emitida por el INAI, Areli Cano, Joel Salas y Óscar Guerra, argumentaron, principalmente, que el Instituto nunca pudo corroborar que la investigación de la SEDENA se refiera sólo a delitos del orden militar, ya que la Secretaría se negó incontables veces a enviar la información pertinente.

“En esta actitud del sujeto obligado hay una desafío real a lo que establece el último párrafo del artículo 17 de la ley de la materia… dice ese párrafo, en todo momento, el Instituto tendrá acceso a la información reservada o confidencial para determinar su debida clasificación, desclasificación o la procedencia de otorgar su acceso”, refirió Joel Salas.

Por su parte la comisionada Areli Cano, agregó que la SEDENA “no permitió el acceso a la averiguación previa o a la información clasificada. Es un hecho que al no haberse tenido una respuesta favorable para permitir a este órgano la diligencia de acceso a la información, el sujeto obligado no sólo dificultó el ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales del Instituto, sino también ha soslayado la oportunidad de acreditar que las instituciones del Estado mexicano, encargadas de defender la integridad, la independencia y la soberanía de la nación, así como de realizar acciones cívicas y obras sociales que tienden al progreso del país, están comprometidas con las mejores prácticas de rendición de cuentas y transparencia”.

 

 

 

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