El senador de Morena, Ricardo Monreal, publicó en la Gaceta Parlamentaria de la Comisión Permanente una propuesta de reforma a la Ley General en Materia de Delitos Electorales mediante la cual se establece castigar con hasta 22 años y medio de prisión el fraude electoral.
De acuerdo con la iniciativa se prevé agregar un artículo 20 ter al ordenamiento,
El senador Monreal considera que el fraude electoral es una conducta que ha caracterizado históricamente a México, por lo que con la propuesta “se impulsa un tipo penal para que las afectaciones a los procesos electorales no queden impunes y, se dé un ejemplo a la sociedad a donde persuadir a aquellos que intenten impedir elecciones libres y auténticas”.
Si dos o más personas se reúnen con la finalidad de alterar o manipular los resultados electorales, o bien, para realizar dos o más conductas previstas como delito en la ley mencionada, la pena que se impondrá será de cinco a 15 años de prisión y multa de 1500 a 7500 veces el valor diario de la Unidad de Medida de Actualización”, es decir, hasta 651 mil 600 pesos, se lee en la publicación.
Asimismo señala que la pena de prisión puede aumentar hasta en una mitad si la autoridad jurisdiccional competente en materia electoral determina que “en el proceso electoral o en alguna de sus etapas, hubo violaciones graves, dolosas, sistemáticas o determinantes, en detrimento de uno o más de los principios constitucionales”.
“Esto también aplicará cuando las conductas delictivas cuenten con el consentimiento o la participación de una servidora o servidor público, persona funcionaria electoral, funcionaria partidista, aspirante a candidata independiente, precandidata o candidata”.
De acuerdo con la exposición de motivos, el presidente de la Junta de Coordinación Política precisa que la propuesta se realiza con base en “la necesidad de discutir y reformar la legislación aplicable en materia penal electoral, para hacer más eficiente la labor de la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales, además de mejorar la relación con la autoridad y con la actividad jurisdiccional”.
Además enfatiza que aunque existen tipos penales que definen las conductas consideradas como delito electoral, aún se debe garantizarse la correcta aplicación de éstas para que los procesos electorales se desarrollen cumpliendo los principios constitucionales de legalidad, certeza, imparcialidad, máxima publicidad, independencia y objetividad.
La iniciativa fue turnada a comisiones para estudio y dictamen.


