Érika Paz
(13 de septiembre, 2013).- Luego que el Primer Tribunal Colegiado del Vigésimo Circuito con sede en Tuxtla Gutiérrez, Chiapas, declaró como infundado el rubro de reconocimiento de inocencia del profesor Alberto Patishtán, la defensa del profesor tzotzil define como siguiente instancia apelar al Sistema Interamericano de Derechos Humanos, a nivel jurisdiccional para la revisión del caso, un recurso que llevará entre cinco y ocho años, consideró el abogado Sandino Rivero.
Aun cuando Alberto Patishtán manifestó que no solicitará el indulto, puesto que éste no lo exime de la responsabilidad de los delitos por los que se le acusa y sólo puede ser otorgado por Enrique Peña Nieto o el Poder Legislativo, Sandino Rivero dijo que si éste se le concede únicamente será aceptado por el profesor como un acto de justicia.
Éste sería uno de los dos recursos a nivel nacional para la obtención de la libertad de Patishtán, el segundo es la amnistía, pero para ello se “debería proponer una ley que debe ser aprobada por el Congreso –por Cámara de Diputados y Cámara de Senadores– y honestamente creo que es más difícil, porque se debe condensar a diversas fuerzas políticas, a todos los partidos políticos, una vía más rápida sería el indulto porque depende de una sola persona”, señaló Sandino Rivero, en caso “de existir la voluntad política”.
Por su parte, Leonel Rivero, otro de los abogados defensores de Patishtán Gómez, dijo que “con el desconocimiento de inocencia, las posibilidades están agotadas y lo único que queda al profesor es el Sistema Interamericano de Derechos Humanos, un camino lento, porque el Sistema está saturado de asuntos y sí implicaría algunos años para que el profesor pudiera obtener alguna resolución favorable”.
Ambos abogados denunciaron que con este acto se comprueba una vez más que la impartición de justicia en México es “diferenciada y discriminatoria”. Pese a que el Consejo de la Judicatura, mediante un comunicado, informó que “lo resuelto en este incidente de reconocimiento de inocencia no contiene un pronunciamiento sobre la responsabilidad penal del sentenciado así como tampoco respecto de las consideraciones de la sentencia condenatoria y mucho menos del amparo directo correspondiente a 2003” –año en que la anterior defensa de Patishtán agotó todos los recursos para su liberación–, el Tribunal Colegiado estimó como infundadas las pruebas ofrecidas por la defensa del profesor, pues no invalidan las pruebas condenatorias del sentenciado.
Sandino Rivero sostuvo que “en el país se aplica una justicia discriminatoria, de soberbia por parte de jueces, de magistrados federales en este caso, y hacia personas pertenecientes a comunidades indígenas, hacia personas con escasos recursos económicos y hacia luchadores sociales. Fue muy claro y lo dejaron ver con esta actitud de parte del Poder Judicial de la Federación vía el Tribunal Federal que resolvió. Hay argumentos jurídicos muy eficientes [para probar la inocencia de Patishtán], sin embargo, no hubo la voluntad para resolver a favor el asunto”.
Leonel Rivero señaló que “con esta resolución todos pierden, no solamente pierde el profesor la oportunidad de obtener su libertad. Como defensa representa perder el caso. También pierde la sociedad. Pero sobre todo pierde el Poder Judicial de la Federación pues nuevamente queda en entredicho la actuación que lleva a cabo y su falta de sensibilidad para tocar temas tan delicados como el del profesor”.
En el mismo comunicado, el Tribunal aclara que “únicamente realizó el estudio de las pruebas aportadas en este incidente y determinó que no son eficaces para invalidar las pruebas que sustentaron la sentencia condenatoria por lo que no se acreditó la hipótesis del artículo 560 del Código Federal de Procedimientos Penales”.
Ante esa declaración, Leonel Rivero denunció que con ello se evidencia “un trato diferenciado y además discriminatorio en la forma en que se imparte justicia, porque hay ejemplos emblemáticos en los últimos meses en los cuales la Suprema Corte o los Tribunales Colegiados han hecho una interpretación amplia de la protección de derechos humanos, como los casos de Florence Cassez o Rafael Caro Quintero, por ejemplo, y ahora hacen una interpretación sumamente legalista y restringida de los derechos humanos como en el caso de Alberto y de otros indígenas más, pese a las pruebas ofrecidas que comprueban su inocencia”.
Con el fallo emitido el día de ayer, y luego de 13 años, se ratifica la condena por 60 años en prisión a Alberto Patishtán, acusado de participar en una emboscada el 12 de junio de 2000 de la que resultaron muertos siete policías.
El Comité por la Libertad de Alberto Patishtán convoca hoy a una concentración en solidaridad con el profesor, en el Ángel de la Independencia a las 20 horas con organizaciones sociales, y en lo consecutivo se definirán otras acciones políticas.


