(12 de diciembre, 2014).- Tras la aprobación de las reformas al artículo 28 en su Código Municipal en el Congreso de Chihuahua, la organización Artículo 19 puntualizó que “pretende inhibir derechos en materia de libertad de expresión e información, ya que contiene disposiciones ambiguas que abren la posibilidad de censura previa, además de establecer sanciones desproporcionadas que podrían inhibir el libre flujo de información”.
Y es que la ley faculta a los ayuntamientos chihuahuenses sancionar “cuando lo estimen conveniente” la exhibición, difusión y comercialización en lugares públicos de material “extremadamente violento” o cualquier otro que ataque “la moral, la vida privada, los derechos de terceros o perturbe el orden público”, vulnerando la libertad de expresión.
La organización no gubernamental que defiende la libertad de expresión acotó mediante un comunicado que “la reforma es preocupante en sus términos, pero más alarmantes son las declaraciones de la diputada Mayra Chávez Jiménez, quien señaló públicamente que la sanción alcanza también a materiales pornográficos en aras de proteger los ´derechos de la infancia´, dejado clara la intención de censurar también otro tipo de materiales”.
Asimismo, la “censura previa” está prohibida -explica Artículo 19- por el el artículo 7º de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; así como el artículo 12, párrafo 3 de la Convención Americana sobre Derechos y el Principio 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH.
Además recordó en el escrito al Congreso de Chihuahua que “en todo caso el abuso en el ejercicio de la libertad de expresión genera responsabilidades ulteriores, establecidas en una ley previa, clara y precisa, además de ser impuestas previo proceso judicial en el cual se ponderen las circunstancias particulares del caso”.
En ese sentido, la ONG con presencia en América Latina y el Caribe exigió que “el Poder Ejecutivo de Chihuahua evite la publicación de la norma por violentar de manera directa la libertad de expresión en aquella entidad. En su defecto, en caso de que las reformas al Código Municipal de Chihuahua entren en vigor, las Comisiones Nacional y Estatal de Derechos Humanos deberán promover las acciones de inconstitucionalidad a fin de tutelar los derechos humanos en juego”.
Y finalizó: “En el marco de una grave crisis de derechos humanos en el país, las autoridades deben trabajar para construir y fortalecer el Estado de Derecho, no para debilitarlo mediante reformas regresivas”.


