La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó que se revise la posibilidad de conocer las investigaciones contra el arzobispo emérito de México, Norberto Rivera Carrera, quien fue denunciado por omisiones y supuestamente ocultar los casos de 15 sacerdotes pederastas.
La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación concedió por unanimidad un amparo al exsacerdote Alberto Athié con el fin de ordenar a la Fiscalía General de la República (FGR) analizar exhaustivamente, la posibilidad de conocer las investigaciones contra el arzobispo emérito de México, Norberto Rivera Carrera, denunciado por omisiones y presuntamente ocultar los casos de 15 sacerdotes pederastas.
La petición fue planteada por el ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena y el máximo tribunal del país indicó que ante el interés de la sociedad en su conjunto se deben conocer todas las diligencias que se estén llevando a cabo para la oportuna investigación de los hechos.
“Se debe analizar el interés de la sociedad en su conjunto de conocer todas las diligencias que se estén llevando a cabo para la oportuna investigación, detención, juicio y sanción de los responsables, cuando dichos delitos sean de lesa humanidad o representen una grave violación de derechos humanos “, ordenó la Corte.
Cabe recordar que en 2017 Athié Gallo denunció penalmente a Rivera Carrera. De acuerdo con la denuncia, el cardenal omitió informar al ministerio Público de la posible comisión de actos pederastas efectuados por al menos 15 sacerdotes adscritos a la Arquidiócesis Primada de México.
El exsacerdote se presentó en la entonces PGR con el fin de consultar la carpeta de investigación iniciada contra el arzobispo, sin embargo una agente del Ministerio Público le negó el acceso al expediente y con el argumento de que los actos de investigación eran estrictamente reservados y solo tenían acceso a las víctimas, el cardenal y sus abogados, pero no el denunciante.
Athié presentó controversia ante la Corte y tras tres años de litigio le dio la razón parcialmente, considerando que “es congruente establecer que la sociedad en general es garante del derecho de acceder a la información contenida en las averiguaciones previas vinculadas con violaciones graves a derechos humanos”.
“Conforme a los lineamientos sobre la constitucionalidad de la normatividad aplicable, la autoridad debe analizar exhaustivamente, y así fundarlo y motivarlo, si la persona denunciante puede tener acceso a la investigación y esclarecimiento de los hechos”, estableció la SCJN.


