spot_img

SCJN reconoce representación colectiva indígena en amparos con base en sus propias normas

El fallo establece que las comunidades pueden acreditar su representación conforme a sus sistemas internos y obliga a jueces a aplicar un enfoque intercultural

- Anuncio -

 


La Suprema Corte de Justicia de la Nación resolvió este 27 de abril que los pueblos y comunidades indígenas podrán acreditar su representación colectiva en juicios de amparo de acuerdo con sus propios sistemas normativos, sin necesidad de ajustarse a criterios externos que desconozcan su organización interna.

Con esta determinación, el Pleno del máximo tribunal reforzó el alcance de la reforma constitucional de 2024, al reconocer a los pueblos originarios como sujetos de derecho público. En ese sentido, estableció que el ejercicio de sus derechos colectivos debe validarse a partir de las formas de representación que cada comunidad reconoce, respetando sus usos y costumbres.

FOTOGRAFÍA:ESPECIAL

El criterio surgió al analizar un recurso en el que se cuestionó la negativa de un tribunal para reconocer la representación de una persona que promovió un amparo en nombre de una comunidad indígena, relacionado con la falta de consulta en una iniciativa sobre espectáculos con animales. La Corte consideró que dicha negativa se basó en una valoración incompleta de los elementos presentados.

A partir de este precedente, la SCJN instruyó a las autoridades judiciales a revisar este tipo de casos con un enfoque intercultural, valorando de manera integral las pruebas sobre la organización comunitaria y, en caso de duda, solicitar más elementos antes de rechazar la representación. El fallo también distingue entre la autoadscripción individual y la facultad de actuar colectivamente en nombre de una comunidad, subrayando la necesidad de respetar ambas dimensiones.

FGR busca girar ficha roja de Interpol contra Erika María Guadalupe ‘N por el feminicidio de su nuera Carolina Flores

- Anuncio -spot_img

MÁS RECIENTE

NO DEJES DE LEER