La Comisión de Igualdad de Género en el Senado, presidida por la morenista Martha Lucía Micher (Malú Mícher) busca reconocer la violencia digital y la violencia mediática; con esto no sólo se castigará la difusión en redes sociales de información íntima sin consentimiento de las víctimas, sino también en otros medios de comunicación.
De acuerdo con la legisladora Malú Mícher las modificaciones planteadas para esta ley “son necesarias para no encasillarla únicamente al ámbito digital, sino que se extienda a los medios de comunicación, para que desde estos se fomente la erradicación de los estereotipos de género.”
Cabe recordar que la Ley Olimpia se aprobó en la Cámara de Diputados en noviembre pasado y sanciona la violencia digital contra las mujeres, con el fin de impedir el acoso, hostigamiento y difusión de contenido sexual, sin su consentimiento, en internet, redes sociales o cualquier plataforma digital
Por lo lo anterior se plantea que el artículo 6 de la Ley general de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, especifique que “la violencia digital puede ser considerada en actos de acoso, hostigamiento, amenazas, insultos, vulneración de datos e información privada, divulgación de información apócrifa, mensajes de odio, o difusión de contenido sexual sin consentimiento”.
Asimismo la difusión de textos, fotografías, videos y datos de personas u otras impresiones gráficas sonoras o cualquier acción que sea cometida a través de tecnologías de la información, plataformas de internet, redes sociales, correo electrónico, aplicaciones o cualquier otro espacio digital.
De acuerdo con la presidenta de la Comisión de Igualdad de Género, esta acción es imprescindible para proteger a las mujeres, debido a que se abre la puerta para tipificar el delito en el Código Penal Federal.
De aprobarse esta iniciativa, el ordenamiento señalaría que “estará cometiendo un delito toda persona que cometa el delito de violación a la intimidad sexual, aquella que divulgue, comparta, distribuya y publique imágenes, videos y audios de contenido íntimo sexual de una persona mayor de 18 años, sin el consentimiento, aprobación o conocimiento de la víctima”.
Al respecto de los medios de comunicación, se señala como violencia mediática toda publicación que promueva estereotipos sexistas, haga apología de violencia contra las mujeres y las niñas, produzca o permita la producción o difusión de discursos sexistas, entre otros supuestos.


