Ejidatrios de San Pedro Chapulco y Azumbilla en Puebla, denunciaron que sin previa consulta se construye el Parque Eólico Industrial de Energía Renovable PIER IV SA de CV, filial de la española Iberdola, que solamente pagará 3 pesos anuales por uso de metro cuadrado de tierra a los campesinos.
Mientras que los ejidatarios no podrán sembrar ni construir en sus predios los siguientes 30 años, es decir hasta 2050.
Según información de La Jornada de Oriente,los lugareños dijeron desconocer el impacto ambiental y social que ocasionarán las turbinas de los ventiladores en esta zona de cactáceas y fauna endémica, que limita con la biósfera Tehuacán- Cuicatllán
Los hechos se dieron a conocer el fin de semana en la realización del Foro en Defensa del Agua, la Tierra, el Aire y la Vida, que se realizó en las instalaciones del nodo ejidal de Chapulco, organizado por el Colectivo Hermanos Serdán.
En dicho encuentro participaron campesinos de Azumbilla, Cañada Morelos, Miahuatlán, Nicolás Bravo y Tehuacán, quienes externaron su preocupación por las consecuencias que traerá este proyecto a sus tierras.
Con base en el contrato, realizado el 18 de noviembre del 2012 entre los representantes de Chapulco y la sociedad PIER, la transnacional únicamente pagará 3 pesos anuales por metro cuadrado de tierra de la superficie arrendada, 4 pesos anuales por ocupación de caminos y 2 pesos por cada metro cuadrado por instalación de plataformas.
PIER es el segundo parque eólico que se instala en Puebla, luego del construido en el municipio de Esperanza. Esta segunda obra será mayor, tendrá una vigencia de 30 años y se extiende sobre 4 mil 438 hectáreas de terreno.
Cuenta con una inversión de 300 millones de dólares y esta estimado que se inaugure el próximo 7 de septiembre. Como ya se mencionó la obra está a cargo de la transnacional de origen español Iberdrola, a través de su filial poblana Impulsora Latinoamericana de Energía Renovable (ILER), y consta de 84 aerogeneradores en Cañada Morelos, Chapulco y Nicolás Bravo.
Entre los principales clientes de Iberdrola se encuentra Cervecería Modelo, Soriana y Grupo Lala.
Los integrantes del colectivo, Gustavo Rosas y Gerardo Pérez Muñoz señalaron que hasta la fecha las poblaciones desconocen los estudios de impacto ambiental y social de la zona.
Sostuvieron que se violentaron los derechos de los pueblos a la consulta previa, libre e informada, con base en el Artículo 2 de la Constitución federal, así como el reconocido a nivel internacional como derecho humano universal.
Por ello, dieron a conocer que el Colectivo Hermanos Serdán dará acompañamiento legal a los ejidatarios, quienes decidirán en asambleas las rutas de acción a seguir.
Tras el análisis al Manifiesto del Impacto Ambiental (MIA), Gerardo Pérez aseveró que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat) miente al señalar que no habrá daños importantes a la flora y fauna de la región.
Durante el Foro, los campesinos acusaron también que la transnacional Iberdrola no ha respetado las cláusulas del contrato de arrendamiento, que exigen una serie de pagos por uso de suelo.
Se precisó que en el caso concreto de la compensación a pagar, la empresa entregó a la tesorera del ejido Chapulco la cantidad de 56 mil 250 pesos; mientras que a la comunidad de Azumbilla, 37 mil 500 pesos por inicio del proyecto.
Si la firma requiera instalar una Estación Meteorológica para la medición del recurso eólico en los terrenos arrendados, se comprometió a pagar al ejido 9 mil pesos anuales, durante el tiempo que permanezca la obra.
La transnacional pagará 4 mil pesos anuales por el uso, ocupación parcial o total de la superficie arrendada; y por cada aerogenerador instalado 18 mil pesos anuales.
Por su parte las comunidades tienen la obligación de informar a PIER sobre cualquier uso o acto realizado por parte de terceros en los terrenos arrendados que pudieran afectar a la empresa.
Asimismo están obligados a no construir, plantar ni dejar surgir sobre la superficie arrendada de un perímetro de 150 metros desde el correspondiente emplazamiento de cada aerogenerador del parque eólico.
PIER tendrá derecho a renunciar al arrendamiento previo en el presente contrato en cualquier momento antes de comenzar las obras, es decir durante el primer tramo y hasta el segundo con o sin causa justificada.
Al final, la comunidad podrá romper el contrato cuando la empresa omita o deje de cumplir con sus obligaciones de pago o, en su defecto, la superficie arrendada sea destinada para otros fines distintos a las pactadas.
ccca.


