Hace unas horas trascendió la noticia del fallecimiento del gobernador de Puebla, Miguel Barbosa Huerta, debido a un infarto por el que fue trasladado hasta la Ciudad de México.
Ante la incertidumbre del futuro de las y los poblanos, y de acuerdo con la legislación vigente, Barbosa deberá de ser sustituido por el Congreso del Estado, quien tendrá que designar a un gobernador sustituto.
Debido a que solo quedaban dos años de la administración del mandatario estatal, el artículo 57 de la Constitución Política del Estado establece que para dicha situación se deberá nombrar un sustituto.
Así, el Poder Legislativo tendrá que elegir a una persona que ocupe la gubernatura del estado, teniendo que contar con las dos terceras partes de los votos para ello.
“Elegir al ciudadano que deba sustituir al Gobernador de elección popular, si la falta absoluta de éste se presenta durante los cuatro últimos años del período. Dicho funcionario se denominará Gobernador Sustituto.”
De acuerdo con diversas fuentes al interior del Legislativo, la titular de la Secretaría de Gobernación, Ana Lucía Hill, quedará como encargada de despacho en lo que la Junta de Gobierno y Coordinación Política sesiona para elegir al sustituto de Barbosa Huerta.