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Tras viralizar noticia, que siempre no: Reforma recula y reconoce que resolución de SCJN no altera régimen de pensiones del IMSS

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Luego que este lunes, el diario Reforma publicara que “mediante jurisprudencia publicada el 24 de enero, la Segunda Sala de la Corte reafirmó que el salario tope de cotización para los trabajadores que, al retirarse, opten por la pensión del IMSS, es de 10 salarios mínimos, no de 25”, hoy desmintió dicha información.

Tras la conferencia de prensa matutina, donde el director del Instituto, Zoé Robledo, aclarara que esto no aplicaba para los trabajadores del IMSS, también la Suprema Corte de Justicia afirmó que su jurisprudencia sobre el tope aplicable a las pensiones de la llamada “generac

ión de transición” no altera las políticas públicas que el IMSS decida tomar en esta materia.

Mediante un comunicado, la SCJN expresó:

“Lo anterior, sin que de manera alguna modifique las políticas públicas que decida tomar e implementar el IMSS en materia de pensiones por jubilación”.

La jurisprudencia de la Corte no obliga a las autoridades administrativas, como el IMSS, sino sólo a los juzgados y tribunales que resuelvan demandas sobre el tema.

“La Corte había aclarado el tope de 10 salarios mínimos, de manera más genérica, en una tesis de 2010, pero tuvo que reiterarlo en relación con la generación de transición, ante una nueva contradicción de criterios entre tribunales colegiados, con el matiz de que sólo uno de los cinco Ministros que votaron hace diez años —Fernando Franco— participó también en la nueva votación”, explicó Reforma. .

El medio reconoció que el IMSS de que mantendrá la política de aplicar el tope de 25 salarios, incluso a quienes opten por el régimen de la ley de 1973, es previsible que habrá pocos litigios por este tema.

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