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Tribunal Electoral avala violaciones a la ley

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Por: Zazil Carreras

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En el 2009, durante el proceso de las elecciones intermedias para la renovación de la Cámara de Diputados y otras elecciones locales, el IFE sancionó al PVEM por no haberse deslindado de los 172 spots transmitidos para promocionar la revista Vértigo en los canales de televisión de TV Azteca, en los que se mostraba la imagen de diversos ciudadanos utilizando una playera con el logotipo del PVEM, esa promoción generó a dicho partido una sanción por 18 millones 417 mil 213 pesos.

No obstante, el PVEM en el mismo año incurrió en nuevas violaciones a la ley por haber contratado 397 spots de la revista TV y Novelas, en la que aparecían los actores Raúl Araiza y Maité Perroni declarando su simpatía a ese partido. Mediante engaños a la autoridad, y a la sociedad en general, el actor declaró que Televisa lo acercó con el PVEM y de manera voluntaria participó en la campaña por coincidir con su plataforma; pasado el proceso electoral, el mismo actor declaró que en realidad había participado en un casting y que nada tenía que ver con la política. Por esta falta el IFE aprobó una multa de 118 millones 733 mil 795 pesos.

En clara complicidad con Televisa, se utilizó la telenovela “Gancho al Corazón” para transmitir 23 impactos apoyando al PVEM, en la que el actor Raúl Araiza vestía una playera con la leyenda “Soy Verde”, en clara alusión a ese partido, por lo que se le impuso otra sanción de 39 millones 700 mil 17 pesos. La contabilización de todas las transmisiones rebasaron los topes de campaña por lo que se le sancionó además con una multa de  17 millones 480 mil 489 pesos.

Por todas esas transgresiones, en distintas resoluciones, el Consejo General del IFE determinó iniciar procesos especiales sancionadores tanto al partido como a las televisoras y por el rebase de topes de campaña, determinó dar vista a la Unidad de Fiscalización de ese instituto, que consideró responsable al PVEM de dichas acciones.

Bajo razonamientos subjetivos sobre supuestos errores procesales del Consejo General del Instituto Federal Electoral (IFE), el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó revocar “lisa y llanamente” la resolución que sancionaba al Partido Verde Ecologista de México (PVEM) con una multa de 194 millones de pesos, por la transmisión irregular de spots, aportaciones en especie prohibidas en la ley y por rebase de topes de campaña, durante el proceso electoral 2008- 2009, bajo el argumento de que no se respetó el principio de congruencia ya que de acuerdo con el tribunal, la conducta ilegal ya había significado una sanción directa para los partidos beneficiados.

La decisión de la mayoría de los magistrados es contradictoria con sus propios precedentes, y exonera también al partido Nueva Alianza de una multa superior a los 4 millones de pesos, derivada de una conducta similar a la desplegada con mucha mayor frecuencia y en varias vertientes por el Partido Verde, la cual implica hacer pasar como contenido noticioso o de entretenimiento lo que en realidad es un anuncio propagandístico ilícito.

Es decir, con este acto se permite una violación a la constitución por parte de actores políticos y televisoras, que utilizaron la trama de las telenovelas o spots que supuestamente promovían la venta de la revista Vértigo (propiedad de Tv Azteca), o TV y Novelas (propiedad de Televisa) en donde lo que se anunciaba eran inserciones partidistas pagadas en las portadas de dichas publicaciones.

Si bien los partidos ya habían sido sancionados de forma directa, esta sanción fue por la difusión de propaganda no pautada por el IFE y la que ahora anula es sobre la aportación que hicieron empresas mercantiles regalando spots y tiempo aire, lo cual es ilegal y va en contra del principio de equidad en la contienda, regulado por el tope de gastos permitido en una campaña.

Esta decisión va en contra de los precedentes del propio tribunal que en otras ocasiones ya se ha pronunciado en otros casos por sancionar cada infracción a la ley de forma individual.

En confabulación con el PVEM, dichas televisoras han logrado colocar a gente perteneciente a ellas como legisladores en el Congreso, por lo que este partido es responsable en gran medida de la conformación de la llamada Telebancada, que se encarga de proponer y aprobar iniciativas en beneficio del duopolio televisivo.

No existe justificación legal alguna para revocar de manera lisa y llana las resoluciones emitidas con anterioridad por el IFE, ya que nada impide que de un procedimiento especial sancionador derive otro en materia de fiscalización, cuando se trata de la misma conducta que da lugar a la comisión de otras infracciones, por lo que es absurdo que se revoque la multa a dicho partido bajo el pretexto de que no se respetó el principio de congruencia.

Las resoluciones del IFE en el 2009 resultaron efectivas para que tales violaciones no se cometieran en procesos posteriores, incluido el proceso electoral de 2012. Esta sentencia ahora favorecerá la creación de un ciclo de simulación que brindará protección a partidos políticos en alianza con las televisoras, a pesar de las muchas reformas que puedan hacerse para la creación de elementos de seguridad que, eventualmente y con el respaldo del TEPJF, seguirán violando.

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